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sábado, 20 abril, 2024
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¡Consecuencias de las Leyes Secundarias Energéticas!

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Por: JOSÉ HUERTA MENDOZA •

La historia de nuestro país ha estado marcada por incesantes levantamientos armados agrarios; pueblos y comunidades se han levantado en armas una y otra vez en defensa de sus tierras y territorios cuando éstas les han sido despojadas, y uno de esos actos heroicos de los hombres del campo mexicano fue la Revolución de 1910, comandada por el Caudillo del Sur Emiliano Zapata, reclamando el derecho a las tierras de cultivo para el sostén de sus familias, detentadas en aquel entonces por los ricos hacendados Porfiristas, situación que bien pudiera ahora repetirse si las empresas petroleras y de energía eléctrica que se establezcan en nuestro territorio nacional, por utilidad pública, despojan a nuestros campesinos de sus tierras y territorios, aun y cuando éstos se rehúsen a vender, rentar o ceder sus tierras a cambio de cualquier porcentaje económico en la producción de hidrocarburos, bajo la figura de “ocupación temporal de tierras”, o lo que es lo mismo: “expropiación”

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Lo anterior tiene sustento con el nuevo Marco Jurídico impuesto por la Ley de Hidrocarburos en México, que autoriza que las empresas privadas, nacionales y extranjeras, por utilidad pública, tendrán preferencia sobre las tierras ejidales, comunales, de pueblos originarios y de la pequeña propiedad, para que éstas pasen a ser propiedad de dichas empresas, si se considera que en su subsuelo existen yacimientos ricos en hidrocarburos.

C. Presidente de México Enrique Peña Nieto; si se consuma el despojo de esas tierras, ésta situación puede traer consecuencias mucho muy graves para nuestro país; por un lado: levantamientos armados de grupos campesinos en defensa de sus tierras, si éstos le toman la palabra al bisnieto del General Emiliano Zapata, Benjamín Zapata Amaro, quien aseguró en la celebración del 135 aniversario del natalicio de su bisabuelo: “Que si el Presidente Peña Nieto no frena la Reforma Energética y el despojo de tierras, se levantarán en armas para defenderse”

También, Max Correa Hernández, dirigente de la Central Campesina Cardenista (CCC) advirtió: “No vamos a permitir que nuestras tierras, nuestros territorios se conviertan en campos petroleros, antes se van a convertir en campos de batalla; se los aseguro”.

Otros campesinos han manifestado: “No vamos a permitir, que lo sepan bien las empresas extranjeras y nacionales, que no vamos a permitir la entrada, ni a explorar, explotar o depredar nuestros recursos naturales en nuestros territorios”

Por si fuera poco todo lo anterior, con el despojo de tierras a nuestros agricultores, no sólo aquellas en donde se presuma que existen yacimientos ricos en hidrocarburos, sino también predios que deberán dar paso tanto a la maquinaria, equipo y personal necesario para iniciar la exploración y explotación en las tierras seleccionadas, serán también expropiadas a través de la figura “servidumbre legal de hidrocarburos”; situación que provocará una reducción muy significativa de la superficie que hasta hoy es destinada a la producción de alimentos básicos que son necesarios para la alimentación del pueblo de México, lo que traerá como resultado, que dependeremos de un mayor porcentaje de tales productos del extranjero, provocando con ello la pérdida de nuestra Soberanía Alimentaria (si es que algo nos queda de ella), situación ésta que violenta los artículos 4 y 27 de nuestra Constitución que establecen que “El derecho a la alimentación en México el Estado debe de garantizarlo”; sin embargo, de consumarse el despojo de estas tierras, se restringe aun más la posibilidad de que nuestro país sea autosuficiente en alimentos básicos algún día.

Por lo que toca a los pueblos originarios, la Ley de la Industria Eléctrica, a través de su artículo 71, violentará el respeto de estos pueblos, si éstos se niegan a ceder sus tierras a los citados empresarios, pues aun así, éstas tierras serán expropiadas; en el mismo sentido la Reforma Energética violenta el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT); Convenio que México adoptó en 1989 y que el Senado de la República ratificó en 1990 y que está vigente en nuestro país desde 1991.

De acuerdo con especialistas en la materia, la utilización del fracking para extraer gas, devastará las tierras dejándolas inservibles y contaminadas para siempre y, según la Organización Ambientalista Greenpeace, la fractura hidráulica (fracking) puede producir: “Contaminación de aguas subterráneas y superficiales que administran los suministros públicos de agua potable para la población”; “contaminación atmosférica con benceno (un potente agente cancerígeno); “emisión de gases de efecto invernadero con metano (este gas tiene una capacidad de efecto invernadero 25 veces superior al dióxido de carbono); “terremotos (sismicidad inducida por la fractura hidráulica); “problemas con la sostenibilidad de recursos hídricos, por la gran cantidad de agua que se utiliza para extraer el gas (hasta 29 mil metros cúbicos por pozo).

Con lo anteriormente establecido podemos afirmar que nuestros “preparados legisladores”, desconocen tanto la Ley de la Industria Eléctrica, como el Convenio 169 antes citado, y lo que todavía es más preocupante, que por su ignorancia, hayan privilegiado la extracción de hidrocarburos por encima de nuestra producción agropecuaria, debiendo conocer, como es su obligación, de que en dicho apartado somos altamente deficitarios y en razón de ello dependemos en un alto porcentaje del extranjero. ■

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