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jueves, 18 abril, 2024
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Funcionarios universitarios, obligados a tolerar mayor grado de intromisión: SCJN

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Por: La Jornada •

México, DF. La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), determinó que los funcionarios universitarios están obligados a tolerar un mayor grado de intromisión en su honor toda vez que realizan una función pública y, por ello, sean expuestos voluntariamente a un escrutinio más exigente de parte de la ciudadanía, cuando se trata de cuestionar un desempeño académico.

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La anterior determinación ocurrió como parte de la sentencia del amparo directo en revisión número 3123/2013, expediente en el cual se negó un amparo a una ex coordinadora del Posgrado en Ciencias Antropológicas de la Universidad Autónoma Metropolitana quien demandó de una profesora y de una alumna candidata a doctorado el pago de una indemnización por daño moral.

En el litigio la coordinadora del posgrado -que no fue identificada por la Corte- señaló que la profesora y la estudiante difundieron comentarios vía internet entre miembros de la comunidad universitaria, que a su parecer contenían expresiones que afectaron su reputación y prestigio institucional.

Sin embargo, durante la sesión de la primera sala de la SCJN y a propuesta del ministro José Ramón Cossío Díaz, se negó el amparo porque se consideró que la coordinadora del posgrado, al ser funcionario de una universidad pública que presenta el servicio de educación superior, “está obligada a tolerar un mayor grado de intromisión en su honor toda vez que realiza una función pública y, por ello, se han expuesto voluntariamente a un escrutinio más exigente de parte de la ciudadanía”.

El máximo tribunal del país determinó que la información difundida por la profesora y la alumna candidata a doctorado “no tuvo la intensión de dañar sino de cuestionar el desempeño de la coordinadora del posgrado en el proceso de selección de candidatos para el doctorado».

“La información divulgada no involucró la imputación de delitos, no concluyó señalamientos referentes a la vida personal de la funcionaria universitaria, y tuvo como principal objetivo un juicio de valor crítico al desempeño de una función pública”. La primera sala concluyó que lo manifestado por las demandadas está protegido por la libertad de expresión.

El máximo tribunal del país estableció que es una universidad “donde se produce el grueso del conocimiento y se estimula el crecimiento intelectual, por lo que cualquier restricción al contenido de una expresión puede resultar perniciosa.

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