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martes, 23 abril, 2024
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Antecedentes y formación del primer Concejo del ICAZ (2/2)

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Por: Juan Manuel Rivera Juárez • Elva Cabrera Muruato •

Después de ver el alcance de las acciones emprendidas por la Academia de Maestros del Instituto de Ciencias de Zacatecas (ICAZ) en 1958 que fijo en el ideario colectivo la visión de autonomía, al tiempo que fortaleció su certidumbre legal a través de la Ley Orgánica y el Reglamento interno, los estudiantes, maestros y autoridades vieron el beneficio y alcance de sus acciones al priorizar las necesidades del Instituto y sus diferentes escuelas en pro de la conformación de una universidad.

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En 1960, una vez consolidada la autonomía del Instituto se procedió, de acuerdo con la Ley orgánica a convocar a los maestros de las escuelas a reunirse para la designación de su respectivo representante ante el Consejo del Plantel. El artículo quinto de la Ley Orgánica del ICAZ de 1960 (Decreto número 95) establecía lo siguiente: “El Consejo estará integrado en la siguiente forma: Dos alumnos de cada Escuela o Facultad, que serán electos, bajo pena de nulidad, entre los alumnos inscritos de su respectiva escuela. Todos los directores de las Escuelas o Facultades, y un maestro por cada una de las mismas, que será electo, en votación secreta, y en asamblea separada por cada Escuela, bajo pena de nulidad, entre los maestros de planta de la Escuela respectiva. El Consejo estará presidido por el Rector, y sus miembros durarán en su cargo cuatro años, pudiendo ser reelectos por una sola vez”.

Así, el Consejo quedó integrado con los siguientes representantes de los maestros: de la Escuela de Derecho, José A. Pino Cámara y Magdaleno Varela Luján; de Ingeniería, Alfredo Ramírez y Rutilio Trejo; de Enfermería, Luis Figueroa Ortiz y Raúl Estrada Padrés; de la Preparatoria Diurna, Jesús Gutiérrez y Heriberto Campos Bernal, y de la Preparatoria Nocturna, Francisco Muñoz y Filiberto Soto. Los representantes del alumnado fueron: de Ingeniería, Carlos Pérez y Julián Ibargüengoitia; de Derecho, Francisco Galván y Elio Villa; de la Preparatoria Nocturna, Jorge Villegas y Jesús Ruiz Esparza; de Enfermería, Esperanza Rivera y Manuela Juárez, y de la Preparatoria Diurna, Pedro Ignacio Gamón Landeros y Genaro Ambriz.

Constituido el Consejo se comunicó el resultado al gobernador para los efectos del artículo primero transitorio de la Ley Orgánica del Instituto de Ciencias Autónomo de Zacatecas. El que a la letra establecía: “El primer Rector del ICAZ será nombrado por el Consejo de una terna propuesta por el Ejecutivo del Estado, integrada por tres personas que reúnan los requisitos exigidos por esta Ley, la que podrá ser vetada en su totalidad sin limitaciones en el número de veces, siendo necesario para ello el voto de la mitad más uno de los miembros del Consejo que asistan a la asamblea”.

Mediante el oficio número 2,732 del 17 de marzo de 1960, el gobernador propuso la siguiente terna para la elección del nuevo rector: José A. Pino Cámara, Magdaleno Varela Luján y José Abraham Torres. Se convocó al honorable Consejo constituyente a realizar la elección, la que tuvo lugar a las 20 horas del 22 de marzo de 1960 y arrojó como resultado la elección de José Abraham Torres.

Una vez designados los montos de los subsidios federal y estatal del ICAZ, se procedió a la elaboración del presupuesto de ingresos y egresos, el cual fue puesto a consideración del Consejo el 3 de abril de 1960, lo que se constituyó en su primera actividad. Después de su lectura y discusión, fue aprobado en sus términos. El organismo tuvo tres reuniones más, en cuyo seno se discutieron y aprobaron las consideraciones propuestas por la Rectoría con la intención de lograr un mejor desempeño del Instituto.

La reunión de 1958 de la Academia de Maestros resultó relevante en la historia de la Universidad Autónoma de Zacatecas (UAZ), ya que se plantearon dos aspectos de vital trascendencia en la vida del Instituto de Ciencias: su conversión en Universidad de Zacatecas (Decreto 496, del 6 de septiembre de 1968, cuando era rector Magdaleno Varela Luján y gobernador, José Rodríguez Elías) y su descentralización para denominarse Instituto de Ciencias Autónomo de Zacatecas, como quedó establecido con el Decreto 3.

El artículo primero de la ley orgánica del 10 de octubre de 1959 establecía: “La persona moral que se conoce con el nombre de Instituto de Ciencias de Zacatecas será en lo sucesivo un órgano descentralizado del Estado, que se denominará Instituto de Ciencias Autónomo de Zacatecas, y que constituirá, por lo tanto, una corporación dotada de plena capacidad jurídica”. Una de las facultades del Consejo –artículo séptimo– era nombrar al Rector de una terna propuesta por el gobernador, así que, a pesar de la autonomía, continuaba la intervención del Estado. La autonomía se consolidó con la ley orgánica del 10 de febrero de 1960. ■

*Docente Investigador de la Unidad Académica
de Ciencia y Tecnología de la Luz y la Materia.
*Docente Investigadora de la Unidad Académica Preparatoria.

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