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jueves, 28 marzo, 2024
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Cifra de feminicidios en el estado disminuyó 45%, de 2018 a 2019

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Por: SCARLETT LLAMAS •

■ Según datos oficiales, en 2918 a nivel nacional se registraron 891 delitos de este tipo

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Mientras en el país la cifra de feminicidios aumenta de manera drástica, en la entidad se ve una disminución de 45 por ciento en este tipo de crímenes; de 20 feminicidios bajó a 11, de 2018 al 2019.

La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) define al delito de violencia feminicida, en conformidad con el artículo 21 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, como “la forma extrema de violencia de género contra las mujeres, producto de la violación de sus derechos humanos, en los ámbitos público y privado, conformada por el conjunto de conductas misóginas que pueden conllevar impunidad social y del Estado y puede culminar en homicidio y otras formas de muerte violenta de mujeres”.

Según el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), los feminicidios a nivel nacional en el 2018 fueron un total de 891, siendo diciembre el mes más violento, mientras que en 2019 se registraron 976, con mayor cantidad de casos en septiembre, lo cual es un aumento de 85 asesinatos a casusa de odio contra la mujer por año, y que se traduce a un crecimiento del 9.5 por ciento de incidentes delictivos de esta índole.

Los incidentes que se registran son: con arma de fuego 211 casos, 216 con arma blanca, 493 con algún otro elemento, 56 más no especificados. Con base en estos datos se podría decir que al menos 427 casos de feminicidio fueron predeterminados, al realizarse con un arma, mientras que de los 549 restantes, se puede presumir que algunos fueran por el calor del momento, durante alguna discusión, o de manera improvisada.

En el estado, la forma más común de realizar feminicidio es con otros elementos, con 5 casos registrados, seguido por los incidentes de arma de fuego, con 4 casos y 2 más de arma blanca.

Según el Artículo 325 presente en el “Capítulo V” del Código Penal Federal, comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género, y se considera que existen razones de género cuando: la víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo; a la víctima se le hayan infligido lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia; haya existido entre el activo y la víctima una relación sentimental, afectiva o de confianza; la víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida; el cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un lugar público, entre otras cosas.

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