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miércoles, 24 abril, 2024
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La Inoperatividad de la Reforma Laboral Aprobada en la Cámara de Diputados

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Por: ARTURO HUERTA GONZÁLEZ •

El Dictamen discutido y aprobado el 11 de abril en la Cámara de Diputados, parte de un diagnóstico que señala que en el 90% de las organizaciones sindicales no se llevan elecciones libres y secretas de sus dirigentes y que los contratos colectivos de trabajo los hace la dirigencia sindical con o sin acuerdo de los trabajadores. De ahí la urgencia de realizar Reformas a la Ley Federal de Trabajo para terminar con dichas prácticas.

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Sin embargo, a pesar que la Reforma Laboral aprobada por los Diputados, que garantiza la implementación de los derechos laborales, tales como la participación de los trabajadores en la elección de sus dirigentes y en las actividades de negociación colectiva a través del voto personal, libre y secreto y se evita la injerencia del patrón en dicho proceso, y se eliminan los contratos colectivos de protección empresarial que impiden la declaración de huelga, no garantizará que ello se traduzca en mayor poder de negociación de los trabajadores frente a las empresas para mejorar salarios y prestaciones laborales, debido a que dichas Reformas no eliminaron la contratación a través del outsourcing. Ello permitirá a las empresas seguir haciendo contrataciones y subcontrataciones con terceras empresas que no tienen sindicatos, ni otorgan salarios seguros, ni prestaciones a sus trabajadores. Asimismo, al continuar el desempleo y subempleo y la economía informal – lo cual se incrementará con la política de austeridad fiscal que el gobierno instrumenta, y al seguir el libre comercio que desplaza a la producción nacional frente a importaciones – proseguirá creciendo el outsourcing, como el poder el sector empresarial de mantener los bajos salarios, a pesar de la ‘democracia’ sindical contemplada en la Reforma.

La posición de los Demócratas en la Cámara de Representantes en Estados Unidos de condicionar la firma del T-MEC a que México realice la Reforma Labor y la instrumente, va en la creencia que ello daría mayor poder a los trabajadores para demandar mayores salarios y prestaciones laborales y así disminuir el diferencial de salarios existentes entre dicho país y el nuestro, para de tal forma reducir la competitividad en el costo laboral que México tiene, como el traslado de empresas hacia nuestro país. Los Demócratas estadounidenses están más preocupados en que se incrementen los salarios y prestaciones laborales en México, que los propios sindicatos mexicanos, los partidos políticos y el gobierno.

A pesar que en los Foros de consulta hubo muchos pronunciamientos de que se debería acotar a seis años el período de las dirigencias sindicales y no permitir la reelección, la Ley establece que “el período de duración de los directivos no podrá ser indefinido o de una temporalidad que obstaculice la participación democrática de los afiliados y tampoco podrá ser lesivo al derecho de votar y ser votado” Dicha resolución deja abierta la perpetuidad de los dirigentes sindicales en torno a la decisión de las asambleas sindicales, las cuales, a pesar del voto libre personal y secreto del trabajador, pueden ser manipulados por los dirigentes sindicales, como hasta ahora. Ello denota que seguirán las mismas prácticas – a pesar de las disposiciones de mayor democracia sindical y del establecimiento de Tribunales Laborales imparciales e independientes – debido a que se impone la posición del líder sindical que no representa los intereses de la clase obrera y trabajadora, así como el poder que ejercen las grandes empresas, lo cual ha llevado a que en México predominen los salarios más bajos de América Latina y la gran desigualdad del ingreso y la riqueza.

En el régimen Transitorio de la Reforma aprobada se señala que “los Centros de Conciliación locales y los Tribunales del Poder Judicial de las Entidades Federativas, iniciarán actividades dentro del plazo máximo de 3 años a partir de la entrada en vigor del presente Decreto. Dentro del plazo máximo de 4 años a partir de la entrada en vigor de este Decreto cada delegación u oficina regional del Centro Federal de Conciliación iniciará la tramitación de solicitudes de conciliación que sean de su competencia”. Se añade que “dentro de los 180 días siguientes que entre en vigor el presente Decreto, el Congreso de la Unión expedirá la Ley Orgánica de los Centros Federal de Conciliación y Registro Laboral. El Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral iniciará sus funciones en materia de registro de asociación sindicales y contratos colectivos de trabajo en un plazo no mayor de 2 años a partir de la entrada en vigor del presente Decreto atendiendo las posibilidades presupuestales” ¿por qué hay que esperar tanto tiempo para que empiecen operar, si se reconoce que las Juntas de Conciliación y Arbitraje han sido un fracaso y que son controladas por los gobiernos, líderes sindicales y patrones y no responden a los intereses de los trabajadores?

Se establece también que “los contratos colectivos de trabajo existentes, deberán revisarse al menos una vez durante los 4 años posteriores a la entrada en vigor de este Decreto”. Si el diagnóstico del Dictamen reconoce que alrededor del 90% de los contratos colectivos de trabajo existentes no fueron consultados a los trabajadores, ¿por qué hay que esperar 4 años para su revisión, si dichos contratos fueron violatorios a la Ley Federal del Trabajo?

Ello deja entrever que no hay voluntad política para defender los derechos sindicales de incremento salarial y mejores prestaciones laborales, a fin de no afectar la competitividad que México tiene en ese rubro para atraer inversiones para impulsar exportaciones. Se sigue apostando a favorecer a las empresas transnacionales, a costa de deteriorar el nivel de vida de los trabajadores y de contraer el mercado interno y la dinámica económica nacional, pues la estrategia de crecer hacia fuera no ha impulsado el crecimiento del país. También el gobierno quiere evitar una espiral de salarios – precios para no afectar al sector financiero que está por la estabilidad de la moneda, controlada por ellos.
Dicha Reforma Laboral y la política económica predominante, no mejorarán el poder de negociación de los trabajadores para incrementar sus salarios. ■

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