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viernes, 19 abril, 2024
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Gana municipio de Jerez juicio de amparo sobre las instalaciones de la feria

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Por: La Jornada Zacatecas •

■ En próximos días continuarán con los trabajos de remodelación de la explanada

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■ El demandante había solicitado la suspensión de trabajos del gobierno municipal para retirar varias de estructuras metálicas y demoler el concreto

■ Este año no se ha realizado algún procedimiento público para la asignación de espacios de instalación de estructuras y bares; el demandante no posee permiso vigente

 

El pleno del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Zacatecas, por unanimidad de votos de sus magistrados, resolvió el Recurso de Reconsideración interpuesto por el H. ayuntamiento de Jerez respecto a la suspensión de obra en las instalaciones de la feria, se informó en un comunicado.

Tal recurso fue promovido por el alcalde Antonio Aceves Sánchez, la síndico municipal, Carolina Salazar, y el director de Obras y Servicios Públicos, José Ángel Flores, en contra dicha resolución emitida el pasado 15 de febrero por un jerezano en cuanto a las estructuras metálicas que ahí se encuentran.

En la demanda que originó ese recurso se solicitó por el demandante la suspensión de los trabajos del gobierno municipal para retirar varias de las estructuras y demoler el concreto.

El Tribunal manifestó que al ser la Feria de Primavera un referente tradicional en la demarcación que fortalece el intercambio cultural y la economía local, no conceder el Recurso de Reconsideración resultaría en una afectación social.

Además, durante este año no se ha realizado algún procedimiento público para la asignación de los espacios de instalación de estructuras y bares, mientras que el demandante no posee permiso vigente, sólo el registro se le otorgó para la edición 2017 de la feria, el cual a la fecha no le da algún derecho o garantía.

El ayuntamiento recibió la notificación donde procede el Recurso y se revocó la suspensión decretada en un inicio a favor del demandante, por lo que el municipio obtuvo la facultad de continuar con los trabajos de derribe y demolición toda vez que no se acreditó derecho legal alguno del demandante.

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