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jueves, 18 abril, 2024
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El delicado equilibrio ideológico de la Corte (Segunda parte)

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Por: Laurence Pantin • Gustavo Marin •

Otro tema relevante que podría conocer la Suprema Corte es el de la prisión preventiva oficiosa, donde el voto de Esquivel también podría inclinar la balanza para declarar la validez de la norma [11].

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Los anteriores son sólo algunos tipos de casos relevantes sobre derechos humanos que podrían ser conocidos y redefinidos por la Corte. Ciertamente, los votos de los nuevos ministros pueden ser influenciados por las posturas de sus pares, la información que le proporcionen sus empleados de ponencia o esfuerzos de negociación, por lo que in fine podrían no reflejar sus verdaderas preferencias. Ojalá y la nueva ministra pudiera sorprendernos.

Sin embargo, es probable que alugnos de sus votos impliquen un retroceso en los derechos de millones de mexicanos. Finalmente, tomando en cuenta que el ministro por nombrar podía ser decisivo para inclinar el fiel de la balanza hacia una corte definitivamente garantista, es triste observar que, en la decisión del Ejecutivo y del Senado, se impuso la voluntad de contar en la Corte con una persona cercana al círculo del presidente, por encima de la oportunidad de designar a una mujer comprometida con la defensa de los derechos humanos y de las mujeres.

*Laurence Pantin es coordinadora del programa de Transparencia en la Justicia de México Evalúa y Gustavo Marín es investigador del mismo. Los autores agradecen la revisión de Pablo García.

[1] Sobre este tema, se puede consultar: “Los ministros liberales hoy son minoría en la Corte”, El Universal, 9 de diciembre de 2015 y “Sugieren para SCJN presidente liberal”, El Universal, 9 de noviembre de 2014.

[2] En el otro extremo, se puede identificar en el ‘bloque garantista’ a Arturo Zaldívar y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena. Entre estos dos polos, se encuentra el resto de los ministros, cuyas posturas pueden variar más, en función de los temas y de los argumentos de sus colegas.

[3] De hecho, la designación de Esquivel suscitó reacciones de júbilo por parte de sectores opuestos al aborto, como la de Juan Dabdoub, Presidente del Consejo Mexicano de la Familia, quien declaró que “en los últimos cinco lustros no había un solo ministro de la Suprema Corte que fuera provida o pro familia [… y] va a ser muy importante tener cuando menos una voz dentro de la Suprema Corte”.

[4] En 2010, por mayoría de 9 votos, incluyendo los de Cossío y Luna, el Pleno determinó la validez de las disposiciones del Distrito Federal que permiten los matrimonios entre personas del mismo sexo (Acción de inconstitucionalidad 2/2010, promovida por la Procuraduría General de la República, resuelta el 16 de agosto de 2010). Posteriormente, mediante diversas acciones de inconstitucionalidad, la Corte declaró inconstitucionales la prohibición de los matrimonios igualitarios en Jalisco (28/2015), Puebla (29/2016) y Chiapas (32/2016). El 11 de agosto de 2015, mediante la acción de inconstitucionalidad 8/2014, promovida por la Comisión de Derechos Humanos de Campeche, por mayoría de nueve votos (Gutiérrez Ortiz Mena, Cossío Díaz, Franco González Salas, Zaldívar, Pardo Rebolledo, Silva Meza, Sánchez Cordero, Pérez Dayán y Aguilar Morales y el voto en contra de Eduardo Medina Mora), determinó que el interés superior del menor de edad se basa en la idoneidad de los adoptantes, dentro de la cual son irrelevantes el tipo de familia al que aquél será integrado, así como la orientación sexual o el estado civil de éstos.

[5] El formalismo se puede entender como la tendencia a privilegiar las formalidades jurídicas y procesales por encima de razones materiales o sustantivas.

[6] En varios asuntos, Luna Ramos se distinguió por ser deferente frente a la facultad de configuración normativa con la que cuenta el legislador local o federal, independientemente del contenido de las normas, por encima de la defensa de los derechos humanos.

[7] Acerca de esta comunidad, dijo: “yo tengo respeto, los veo como seres humanos, no los estigmatizo, simplemente que tienen sus gustos, como a uno le pueden gustar las gordas o a otros les pueden gustar las jóvenes”.

[8] Acción de inconstitucionalidad 146/2007 y su acumulada 147/2007, promovidas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y la Procuraduría General de la República, resueltas el 28 de agosto de 2008.

[9] Acción de inconstitucionalidad 11/2009, promovida por la Procuraduría de los Derechos Humanos y Protección Ciudadana del Estado de Baja California, resuelta el 28 de septiembre de 2011, y acción de inconstitucionalidad 62/2009, promovida por una minoría legislativa de San Luis Potosí y resuelta el 29 de septiembre de 2011.

[10] Es importante precisar que los ministros Laynez Potisek y Piña Hernández nunca se han pronunciado sobre el tema del aborto, por lo que la decisión también podría depender de sus votos.

[11] Si bien aún no hay recursos presentados en contra de esta reforma, es posible que en el futuro se impugnen las leyes derivadas de ella, y que tocará conocer a la Suprema Corte.

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