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martes, 23 abril, 2024
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La Justicia con enfoque de Víctimas: todo el camino por andar

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Por: La Jornada Zacatecas •

Las víctimas lo son por la violación de sus derechos humanos y por la recepción de un delito grave. Y según las cifras de victimización, estamos ante montañas enormes de víctimas. La presión de movimientos sociales hace 6 y 5 años obligó al Estado Mexicano a emitir una ley de atención a víctimas. Todos recordamos el activismo esencial del poeta Javier Sicilia. El cual, dicho sea de paso, sufrió la muerte de su hijo. Sin embargo, no observamos que la Ley de Víctimas sea de estricta observancia. Esto significa que el sistema nacional de atención a víctimas, y el órgano ejecutor del mismo, la comisión ejecutiva de atención a víctimas, deberían aparecer en el escenario público de manera protagónica por la dimensión del problema de incremento en la frecuencia de delitos, así como el aumento de casos de violación de derechos humanos. Pero no aparece por ningún lado.

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Las obligaciones del Estado para con la víctima son muchas: dado que es el órgano obligado de garantizar la seguridad e integridad de los ciudadanos, es responsable directo (en las violaciones de derechos humanos) e indirecto (en la ejecución de delitos). Por ello, le toca la atención inmediata de las víctimas, la asesoría jurídica de las mismas, el encargo de las medidas de asistencia y el garante de la reparación del daño. En todos los casos se requieren cantidades importantes de recursos públicos. Sin embargo, es cosa de ver la constitución del fondo para víctimas y nos quedará claro que la atención a las víctimas no es ninguna prioridad del Estado en México. Esta Ley, en mucho, es letra muerta.

Cuando ocurre un delito, el Estado debería ser proactivo con las víctimas. Pero las mismas luego son re-victimizadas por el mismo. Dentro del sistema de atención a víctimas están las comisiones de derechos humanos. Son las que deben vigilar y tienen la importante función de recomendar para obligar al Estado a la rehabilitación, la restitución, la satisfacción de las víctimas ante los múltiples casos de delitos y violación de sus derechos. Pero las capacidades de las Comisiones son insuficientes para cumplir con su tarea.

La reparación del daño es una manera de realizar la justicia. Generalmente pensamos en el castigo del culpable del delito o la violación de derechos, pero terminamos olvidando lo más importante, a la persona que recibe el daño del acto gravoso. El discurso del Derecho se ha centrado en ‘la ofensa a la sociedad’ y no en el daño a una persona concreta que sufre las consecuencias del delito, el cual termina cambiando la vida de la víctima. Hasta hace poco la persona concreta agravada apareció en el horizonte de la justicia. La responsabilidad del Estado no ante ‘la sociedad’ sino ante la persona agraviada de carne y hueso. Aún hay mucho por hacer: se inició este camino, pero está todo el camino por andar. Requerimos una sociedad civil más activa y exigente para hacer posible que la impartición de justicia con enfoque de victimas se haga realidad. Es apenas un ideal.

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