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jueves, 28 marzo, 2024
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Comentarios Libres. Revocación de mandato

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Por: SOCORRO MARTÍNEZ ORTIZ •

Es la forma de participación directa que tienen los ciudadanos, para retirar de su cargo a un representante que lo obtuvo mediante elección popular. Sin embargo, hasta ahora, en México no existe porque la nuestra es representativa y no participativa. Ambos conceptos son excluyentes. La representación, es una consecuencia de la democracia. Nuestro país es democrático. No hay ninguna duda, si entendemos que se trata de aquella forma en la que el poder lo ejerce una mayoría en beneficio de todos.
No obstante, cabe señalar que esa mayoría, humana y materialmente, no puede ejercer funciones de gobierno y de poder al mismo tiempo. Por tal motivo, elige dentro de varias opciones y mediante elección, a las personas que considera más competentes, más honestas, más responsables, conocedoras de las necesidades populares más sentidas, así como conocedoras también de la problemática social, para que, de manera directa y en representación de esa mayoría puedan hacerles frente, y tratar de darles solución para beneficio de todos, incluyendo de aquellos que no votaron en favor de la persona que haya resultado electa, porque no estuvieron de acuerdo con las propuestas de su proyecto.

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Pero las personas así elegidas, deben garantizar también la estabilidad gubernamental tanto al interior como al exterior del país. No podemos, de ninguna manera y ya en pleno siglo XXI, retroceder 100 años, para que la duración en el cargo del presidente de la República resulte incierta, como el 19 de febrero de 1913 cuando el Congreso de la Unión aceptó la renuncia de Madero y Pino Suárez y se nombró como presidente interino a Pedro Lascuráin, quien a su vez nombró como Secretario de Gobernación a Victoriano Huerta y renunció 45 minutos después, para que éste asumiera el poder Ejecutivo. Esa incertidumbre terminó con Plutarco Elías Calles, porque el 24 de enero de 1928 reformó el artículo 83 constitucional, y estableció la duración de 6 años, para desempeñar ese cargo.
Faltan 9 días para que AMLO tome posesión de su cargo. A partir del 1 de diciembre próximo y, hasta el 30 de septiembre de 2024 tendrá el tiempo suficiente, con una mayoría de legisladores federales en su favor, para lograr su nuevo proyecto: la cuarta transformación.

Ya renovado totalmente, el poder legislativo federal trabaja en sesiones ordinarias desde el 1 de septiembre pasado. Muchas iniciativas de reformas se encuentran muy avanzadas. En fin, las cámaras están realizando sus funciones, mismas que deben acelerar, porque restan sólo 23 días para que concluya el actual periodo.
Uno de esos trabajos es justamente implementar la revocación de mandato. Respeto y son respetables opiniones en contrario de legisladores y abogados, así como de prestigiados constitucionalistas; respeto también los fundamentos en la exposición de motivos de la iniciativa, pero no estoy de acuerdo con esta forma de participación ciudadana.
Mis justificaciones:
1.- Durante 18 años, AMLO ha recorrido todo el territorio nacional. Conoce de manera directa lo que necesita para ejercer su gobierno diferente a los del PRIAN como él tanto lo insistió.
2.- Tiene que hacer frente a ese mandato popular. No se puede estar jugando a la democracia para que mediante la representación que ostenta, decida la realización de proyectos y programas de su gobierno, así como la solución de necesidades populares y problemática social, a través de consultas a la ciudadanía.
3.- El 1 de julio pasado AMLO ganó el gobierno, y obviamente esto le permite ejercer el poder. En consecuencia, tendrá que desempeñar su cargo como jefe de estado y como jefe de gobierno. El primero, implica la representación que tiene como la máxima autoridad mexicana en todos los ámbitos. Pero el segundo, se refiere a desempeñar su gobierno con una característica muy importante: con mando. Debe mandar. Tomar decisiones…las decisiones más fuertes en beneficio del país. En otras palabras, debe ejercer su gobierno con don de mando.
4.- La revocación de mandato, la considero propia de personajes que no tienen la certeza de lo que ofrecen u ofrecieron al país.
No me convence. Yo di mi voto por una persona que como presidente, desempeñaría su cargo de manera enérgica, apoyado en las amplias facultades constitucionales que le otorga el artículo 89 de la CPEUM. Y otras, que Jorge Carpizo llama facultades meta constitucionales.
5.- Resultaría sumamente desgastante y onerosa la revocación de mandato.

Mire usted fino lector:
Primero, habría que analizar las causales que ameriten la petición.
Segundo, ¿Quién plantearía esa petición? La respuesta es que un determinado porcentaje del padrón electoral, parece ser el 33%. ¿Los convocará el INE, para que la consulta sea el día de jornada electoral del proceso intermedio? ¿Es decir cuando se elijan nuevamente a los diputados federales, en 2021?
Tercero, O bien, ¿la petición se haría ante el Congreso de la Unión?.
Cuarto, Durante todo ese proceso, y mientras se determine la revocación de mandato, ¿quién ocuparía el cargo de presidente de la República?
Quinto, Si se resuelve la revocación, el presidente tiene facultades para impugnarla ante el TEPJF.
Sexto, Se multiplicarían los gastos del INE.
¿De qué estamos hablando con la revocación de mandato? ■

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