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martes, 16 abril, 2024
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Desestima juez juicio de amparo; promovía suspensión de labores en Frisco-Tayahua

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Por: MARTÍN CATALÁN LERMA •

Se tiene evidencia de que la minera incurrió en despojo: Espinosa

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El juez Segundo de Distrito desestimó un juicio de amparo en el que se promueve la suspensión definitiva de las actividades de explotación que realiza la minera Frisco-Tayahua en el municipio de Mazapil, pues existe evidencia de que el corporativo no respetó los derechos de posesión y propiedad sobre un terreno de más de 3 mil hectáreas de extensión. Es decir, incurrió en despojo.

El abogado Miguel Ángel Espinosa de los Monteros comentó que, luego de promover el juicio y la demanda, “se vinieron los incidentes de suspensión, se pidieron los informes previos a las sociedades responsables que son la Dirección General de Minas adscrita a la Secretaría de Economía, delegados de la Semarnat y de Conagua, entre otras autoridades, pero mandaron informes un poco alterados con el propósito de que el juez no concediera la suspensión y, efectivamente, no nos concedió la suspensión definitiva a pesar que se reunieron los requisitos”.
Afirmó entonces que el Poder Judicial de la Federación “tiene el designio anticipado de proteger a las mineras con base en la reversión de la justicia material de los juicios de amparo. Esto es grave porque es el único recurso del ciudadano”.
Según indicó, el amparo se interpuso contra los permisos de extracción de agua, cambio de uso de suelo, manifestación de impacto ambiental, apertura de brechas, instalaciones eléctricas, el banco de materiales y la extracción rocosa, lo que ha afectado a los recursos naturales.
Expuso que no existe ningún contrato entre la minera y su cliente Carlos Handal, propietario del terreno, y por el contrario nunca se le llamó para negociar la ocupación superficial del terreno.
Espinosa de los Monteros informó que 70 por ciento del terreno de su cliente ya tiene afectación en el ámbito ambiental y precisamente se admitió la demanda porque “nunca nos llamaron al procedimiento de origen administrativo”.
“Fue una invasión, está denunciado por despojo y la procuraduría estatal ya dictaminó que está la planta de beneficio de explotación trabajando dentro del predio, además que las delegaciones de la Semarnat y Conagua negaron que no existían permisos. Si no hay permisos deben ir a clausurar y si no hay permisos para la mina debió habernos concedido la suspensión el juez”, explicó.
Consideró que las autoridades del poder ejecutivo y judicial están enfocados en la protección de la minera en todos los aspectos, pues la empresa minera invadió un predio que no es de su propiedad para actividades de extracción minera. Aunado a ello, ha generado afectaciones ecológicas que ascienden a más de 500 millones de pesos.
Además, dijo que ha provocado un daño económico para el propietario porque en un contrato de ese tipo se suscribe una regalía o arrendamiento por la superficie, monto que se calcula en relación a los ingresos, dividendos y utilidades que tendrá la compañía.
Espinosa de los Monteros expuso que los informes que llegaron de la Semarnat y la Conagua fueron ambiguos y el juez consideró que no había permisos, pero estos sí existen porque es una planta que implicó manifestaciones de impacto ambiental, autorizaciones de cambio de uso de suelo, daños a los tres perfiles del suelo, deforestación, entre otros.
“Sabemos que los permisos sí existen y el juez dice que no existe. Semarnat y Cponagia distorsionaron los informes y el juez lo tomó como que no era cierto, pero si no hubiera permisos la minera estaría trabajando de manera ilegal. Todas las autoridades jurisdiccionales y administrativas están en contubernio para defender lo indefendible”, concluyó.

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