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viernes, 19 abril, 2024
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Desaire del Poder Judicial: avala inacción para mejorar la calidad del aire

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Por: Luis Miguel Cano López •

En el sexenio que termina se habrán dejado de evitar 100,000 fallecimientos, en números redondos, por el solo hecho de no ajustar las normas oficiales mexicanas sobre calidad del aire, a los parámetros más protectores establecidos por la Organización Mundial de la Salud (OMS). Lo anterior lo recuerda el Diagnóstico de calidad del aire y el derecho de niñas, niños y adolescentes al aire limpio, que este lunes 23 de julio presentan la Red por los Derechos de la Infancia en México y Greenpeace México. Hace dos meses escribía que ojalá dieran un paso al frente dos juzgados de amparo para cambiar tal situación, pero mi deseo no se concedió.
Las excusas y evasivas de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) acaban de ser secundadas tanto por el Juzgado Cuarto como por el Juzgado Sexto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, acorde a las sentencias que dictaron el pasado 12 de julio. Ante ello, a final del mes tendrán que presentarse recursos de revisión para que sean los Tribunales Colegiados de Circuito los que resuelvan en definitiva, o quizá para que soliciten a la Suprema Corte de Justicia que considere intervenir y atraer uno de esos casos.
La decisiones de primera instancia de ambos juzgados no son cosa menor. Ilustran una manera de actuar del Poder Judicial Federal al que se encomienda la garantía de nuestros derechos humanos. En nuestros juzgados y tribunales al menos dos visiones se disputan cada día el futuro de nuestro sistema de justicia. Ejemplos recientes e impactantes no faltan: un Tribunal Colegiado emite una sentencia de vanguardia para el caso Ayotzinapa y un Tribunal Unitario falla que es de imposible cumplimiento la creación de la Comisión de la Verdad; al menos dos Juzgados de Distrito declaran inconstitucionales disposiciones de la Ley de Seguridad Interior, y luego la Suprema Corte congela todo hasta que se pronuncie.
En esencia, algunos órganos judiciales deciden tomarse en serio la Constitución, su mandato de favorecer en todo momento la protección más amplia posible a las personas y sus derechos, la reparación de las violaciones de derechos humanos para combatir la impunidad, y que el juicio de amparo debe ser un recurso breve, sencillo, accesible, adecuado y efectivo para garantizar esos derechos; mientras otros, invocan el texto constitucional a conveniencia para no cambiar su tradicional forma de impartir justicia, formalista y condescendiente con el actuar del gobierno.
La realidad judicial es algo más compleja que esta sobre-simplificación y tanto más preocupante cuando una misma instancia jurisdiccional puede un día actuar con un rostro, y al siguiente con el opuesto. Pero en cualquier caso, analizar y debatir a detalle las decisiones judiciales se torna algo más imperioso en vísperas de una transición de gobierno como la que vamos a experimentar. Solamente por imaginar cosas no muy deseables: ¿qué pasaría si al cambio de administración nos encontramos con juzgados garantistas del actual estado de cosas, al mismo tiempo que opositores a ajustes ordenados para combatir nuestra injusta realidad?
Con eso en mente, regresemos a las decisiones de los Juzgados aludidos en esta causa por una mejor calidad del aire. En ambos juicios de amparo, la Cofepris optó por defenderse alegando que ya habían sido contestadas las peticiones que le presentaron tanto un grupo de niñ@s, sus madres y padres, como Greenpeace México –en el sentido de que debe de mejorar la normatividad que impacta la calidad del aire–, y que esa era su única obligación. Es decir, evadió responder el tema de fondo: si es su deber ajustar las normas oficiales sobre la calidad del aire.
En el juicio seguido por ese grupo de niñ@s, el Juzgado Sexto se lavó las manos, no tuvo por probada la existencia de la respuesta de la Cofepris en la que se evadió de actuar como se le pidió, y solamente amparó para que les responda nuevamente. Mientras tanto, cada día que transcurre, cincuenta muertes podrían evitarse. Por su parte, el Juzgado Cuarto que conoció del juicio promovido por Greenpeace México, de plano le negó el amparo bajo un razonamiento alarmante.
En lugar de apreciar que el argumento planteado en la demanda de Greenpeace consiste simple y sencillamente en exigir el ajuste de las normas oficiales mexicanas sobre calidad del aire a los estándares que resulten más protectores de la OMS, lo cambió como si se hubiera cuestionado que la Cofepris nada hace en la materia. Hecho lo anterior, recordó lo que sí hace esa autoridad y con base en ello justificó su proceder. Asimismo, el Juzgado Cuarto optó por desconocer el mandato constitucional de favorecer en todo tiempo la mayor protección de las personas, y reprochó a esa organización demandante no precisar las razones por las que le resulta obligatorio a la Cofepris ceñirse a esas guías de la OMS. No conforme con ello, terminó por hacer “corresponsable” a Greenpeace del cumplimiento del deber del Estado para mejorar y velar por el medio ambiente, validando la excusa dada por Cofepris para no emitir una norma de emergencia.
El Juzgado Cuarto se negó a ver lo obvio –y además acreditado en juicio–, que la Cofepris sabe que los valores de la OMS respecto de las normas oficiales sobre calidad del aire resultan más favorables; que tiene información suficiente que evidencia los costos en vidas, salud y recursos económicos, provocados por el desajuste de tales normas a los valores más protectores de la OMS; y que esa información basta y sobra para poner de manifiesto la urgente necesidad de adoptar los valores más favorables para asegurar la calidad del aire en consonancia con la mayor protección posible a los derechos humanos en disputa.
Así las cosas, es imperioso preguntar, con todo pesar, ¿para quién piensan que trabajan los juzgados y tribunales de amparo? ¿Por qué, con todo y el nuevo mandato en el artículo 17 constitucional, párrafo tercero, que les obliga a privilegiar la solución de fondo de un juicio sobre los formalismos procedimentales, se siguen evadiendo de contribuir a la garantía eficaz de los derechos humanos? En verdad es preocupante pensar que el Poder Judicial Federal puede pasar de defensor de nuestros derechos a opositor del cambio de nuestra injusta realidad. Y más preocupante tener que confiar en que el nuevo gobierno ocupe solo tal lugar. ■

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