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lunes, 18 marzo, 2024
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Por: RICARDO ARTEAGA ANAYA •

La inspección de personas y vehículos sin autorización previa, refiriéndonos con ella a una autorización judicial, es una acción que ocurre desde hace muchos años mediante retenes policiacos y militares. Durante años fueron defendidos por la autoridad con el argumento de ser la coartada sorpresa para el narco y delincuentes que transitaban por nuestras carreteras, situación que se vio rebasada cuando el crimen optó por evolucionar y encontrar diferentes vías para trasladar la droga o huir, incluso optó por la corrupción, pagar por la impunidad. Con ello han acontecido un sin fin de “accidentes” o “equivocaciones” al considerar como potenciales delincuentes a familias enteras que han muerto en manos de policías y militares en los retenes esparcidos en el territorio nacional, violentando diversos artículos constitucionales y con ello una variedad de derechos fundamentales de los ciudadanos, entre ellos el artículo 11 y 16 de nuestra carta magna, en el primero de ellos se establece la libertad de tránsito que tiene toda persona al encontrarse en el territorio nacional, sujetándola a las facultades de la autoridad judicial, en casos de responsabilidades civiles, criminales o administrativas. El segundo de ellos protege a los ciudadanos para evitar que sean molestados por las autoridades en su persona, familia, domicilio, documentos o cualquier objeto de su propiedad si no es mediante orden de la autoridad competente para ello.
Las miles de violaciones a los derechos humanos de los ciudadanos por parte de los cuerpos policiacos han ido en aumento y han terminado en impunidad en muchos de los casos, como lo son las veces en que el ejército o elementos de seguridad han sembrado a personas inocentes pruebas para declararlos culpables cuando se resisten a revisiones y a un sin fin de acusaciones que les realizan; el de Atenco en el que los pobladores repelieron a los policías que intentaban retirarlos de sus tierras para la construcción de un nuevo aeropuerto, más tarde fueron cazados en sus domicilios, provocando la molestia de los habitantes que terminaron manifestándose con mayor intensidad concluyendo en represión por parte de la policia y en violaciones a mujeres, muertos y varios detenidos sin alguna orden judicial; los 43 jóvenes de Ayotzinapa desaparecidos en manos del ejército por haberlos confundido con miembros del crimen organizado; los italianos entregados por policías al crimen organizado por la cantidad de mil pesos, entre muchos casos más en los que los miembros de seguridad han abusado de la falta de justicia y la impunidad en México. Todos estos asuntos fueron justificados con el argumento de que fueron confundidos con criminales, dejando claro que nuestros elementos de seguridad pública carecen de un buen criterio para poder identificar a un criminal y a un ciudadano común que exige sean respetados sus derechos, independientemente del momento social o político que se este viviendo al momento de la detención.
Los retenes militares y policiacos fueron avalados por la suprema corte hace un par de años, avalando con ello los crímenes que se han cometido en dichos puestos de seguridad o en “revisiones” en forma de operativos, ahora facultan a dichos policías para que puedan detener a una persona que consideren sospechosa o que crean porta algún objeto que fue utilizado en la comisión de algún delito, así lo establece la propuesta del Ministro Javier Laynez Potisek, misma que generó fuertes críticas y que fue justificada con el argumento de que “solo con la sospecha razonable de que podría estar involucrado en la comisión de algún delito, cuando se sospeche que oculta entre sus ropas o que lleva adheridos al cuerpo instrumentos, objetos o productos relacionados con el hecho considerado como delito que se investiga”. Con ello se pone en evidencia que los ministros que votaron a favor de avalar dichas revisiones, desconocen completamente todos estos casos de violaciones a los derechos humanos, en los que se ha justificado con el criterio tan mediocre para permitirle impunidad a quienes autorizan dichos actos y que a nuestras instituciones no les importan los derechos humanos.
A un mes de haberse presentado y aprobado la Ley de Seguridad Interior, en la que se faculta a los mismos elementos de seguridad pública para reprender manifestaciones que consideren problemáticas, detener a personajes bajo el mismo criterio, facultan a los elementos encargados de brindarnos paz y seguridad para que puedan violar los derechos fundamentales establecidos en los artículos 11 y 16 Constitucionales, con ello avalan esta ley que fue pensada para evitar que se suelte el tigre del enojo social que existe en los ciudadanos por los pésimos gobiernos y los corruptos que han surgido de los mismos.
Los derechos que se han ganado mediante luchas sociales, guerras civiles y movimientos revolucionarios están retirándose, no nos están convirtiendo en ningún país de Latinoamérica, nos están regresando al México en el que no existían ciudadanos, existían esclavos que atendían órdenes y carecían de derechos, al México sin libertades.
Para combatir al crimen, hay que comprender sus raíces y combatirlo desde ahí, no con medidas superficiales que arriesgan la integridad de los ciudadanos. Decir que los elementos cuentan con el criterio para sospechar de forma razonable e identificar a un delincuente es como decir que legislar para aumentar las penas a los delitos permitirá que disminuya la comisión de los mismos. ■

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