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sábado, 20 abril, 2024
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Diputados dan más facultades de fiscalización a la ASE y crean el Tribunal de Justicia Administrativa

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Por: RAQUEL OLLAQUINDIA •

■ La nueva legislación reducirá los tiempos de trabajo de la Auditoría

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■ TJA se encargará de determinar las sanciones que correspondan a los servidores públicos que cometan faltas administrativas graves

Este miércoles los diputados locales aprobaron dos nuevas leyes que modifican, por un lado, las facultades y responsabilidades de la Auditoría Superior del Estado (ASE) y que, por otro, eliminan el Tribunal de lo Contencioso Administrativo para sustituirlo por el nuevo Tribunal de Justicia Administrativa.

En la cuarta sesión del periodo extraordinario que fue convocado para este miércoles se leyeron los dictámenes de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas y la de Justicia Administrativa. Ambos fueron aprobados por unanimidad de los legisladores presentes, es decir, con 27 votos a favor en la quinta sesión celebrada ayer.

La primera de ellas se elaboró a partir de tres iniciativas que fueron presentadas por el diputado Omar Carrera Pérez en noviembre de 2016 y por dos de Arturo López de Lara que leyó ante el pleno durante el mes de junio de este año.

En el dictamen se advierte que con la conformación de los Sistemas Anticorrupción estatales las auditorías superiores de las entidades federativas “han asumido un papel preponderante” debido a que, aparte de tener sus funciones cotidianas de fiscalización, se les ha facultado para investigar actos de corrupción y presentar denuncias formales ante el Tribunal de Justicia Administrativa (TJA).

La posibilidad de que haya una relación directa entre la ASE y el TJA es un avance fundamental ya que, según se expone en el documento aprobado,  hasta ahora “al no existir una vinculación con otras autoridades relacionadas con esas actividades (de combate a la corrupción), el esfuerzo era, en muchas ocasiones, inútil”.

Asimismo, el dictamen agrega que se afectaba la actuación de la auditoría porque finalmente las sanciones las establecía un “órgano político” que es el Poder Legislativo por lo que para su aplicación podían tenerse en cuenta “aspectos ajenos a los estrictamente jurídicos”.

Esta nueva ley, junto con otros ordenamientos legales como es que fue aprobado de manera posterior sobre justicia administrativa, los diputados consideraron que se “solventa, en gran medida, las inconsistencias referidas, toda vez que se establecen las bases para que todas las instancias vinculadas con el combate a la corrupción trabajen de manera coordinada y respetando los ámbitos de competencia respectivos”.

Otro de los cambios que se destacó con esta nueva legislación fue el de la reducción de los tiempos de trabajo de la auditoría para que pueda llegarse a la conclusión de las investigaciones de manera más rápida.

Igualmente se eliminó el concepto de anualidad y, por ello, la ASE podrá realizar auditorías del ejercicio fiscal en curso o de los anteriores, a fin de que en su caso puedan imponerse las sanciones de manera oportuna.

El dictamen concluye que este nuevo papel que deberá tener la auditoría sólo podrá aplicarse adecuadamente si “la sociedad civil la asume como un ente confiable, técnicamente capacitado y cuya información contribuya, sustancialmente, a abatir la comisión de irregularidades y propicie un ambiente de control que desincentive actos ilegales”.

En segundo lugar, los legisladores locales aprobaron la Ley de Justicia Administrativa por la que se crea el Tribunal en este ámbito, en sustitución del hasta ahora Tribunal de lo Contencioso Administrativo.

Este nuevo órgano, con relación a lo mencionado en el dictamen anterior, será el encargado de determinar las sanciones que correspondan a los servidores públicos que cometan faltas administrativas graves, por lo que esta facultad ya no estará en manos de la Legislatura, sino que este poder únicamente mantendrá sus atribuciones en materia de juicio político.

El tribunal, de acuerdo con el dictamen aprobado, estará conformado por tres magistrados que permanecerán en el encargo durante siete años. Este plazo se considera “un avance fundamental, ya que atiende a la necesidad de que el periodo de su encargo sea mayor al de quienes intervendrán en el procedimiento de su designación, ello para el efecto de que no sea motivo de transgresión a su autonomía jurisdiccional”.

Tras ser aprobado en lo general, se autorizó una reserva presentada por el diputado Ley Roy Barragán Ocampo y en la que se deja abierta la posibilidad, mediante la incorporación de un artículo transitorio 12, para que el actual presidente del Tribunal de lo Contencioso Administrativo opte a la reelección como integrante de la nueva instancia judicial o pueda retirarse.

 

 

 

 

 

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