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martes, 19 marzo, 2024
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Policía de Fresnillo, vinculado a proceso por homicidio intencional: CDHEZ

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Por: RAQUEL OLLAQUINDIA •

  • El agente mató a un hombre en la comunidad El Mezquite; Comisión realiza investigación de oficio
  • Según las primeras indagatorias de la Comisión, “todo apunta a que no fue un asunto por omisión sino por acción”, es decir, el asesinato fue con dolo: Luz Domínguez

Este jueves fue vinculado a proceso el policía municipal de Fresnillo que en días pasados mató a un hombre en la comunidad El Mezquite, de El Mineral, y el delito que se le imputa es el de homicidio simple intencional.

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Así lo expuso la presidenta de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Zacatecas (CDHEZ), María de la Luz Domínguez Campos, al abordar el tema debido a que esta instancia inició ya una investigación de oficio sobre este hecho.

De acuerdo con las primeras indagatorias llevadas a cabo por personal de este organismo, precisó que “todo apunta a que no fue un asunto por omisión sino por acción”, es decir, que el asesinato fue con dolo.

Este elemento precisamente, puntualizó Domínguez Campos, fue uno de los reclamos de los familiares de la víctima, quienes exigieron que el agente policiaco responsable no fuera sometido a juicio por el delito de homicidio culposo sino doloso, debido a que el primero tiene características diferentes a la hora de enfrentar el proceso jurídico penal.

Además, la ombudsman zacatecana aseguró que el hecho de que el policía ahora detenido al parecer efectuara tres disparos en contra de la víctima habla de que sí fue un asesinato intencional, además de que se presume que no hubo ningún motivo para actuar de esta forma.

La sospecha del dolo en el homicidio, precisó, ha conllevado que la CDHEZ haya solicitado ya informes tanto a la dirección de seguridad pública municipal de Fresnillo como al Ministerio Público, a fin de obtener en este segundo caso los resultados de la necropsia.

Agregó que, pese a la vinculación a proceso en la que se determinará finalmente el delito y los agravantes que sean necesarios por el hecho de ser un servidor público, la Comisión continuará con sus investigaciones para determinar si, como arrojan las primeras entrevistas, el policía disparó el arma sin razón alguna.

Si esto fuera así, puntualizó Domínguez Campos, “se acreditaría no solamente la actuación incorrecta del policía, sino también la violación al derecho a la vida y otras violaciones importantes al tratarse de un elementos que debe tener la pericia y el conocimiento para el uso de armas de fuego y que debe también de actuar de manera legal”.

Esta enumeración de responsabilidades se completa con la función de salvaguardar la vida, la integridad física y el patrimonio de las personas “y no por el contrario ejercer la autoridad de manera abusiva, al grado que ya ha cobrado una vida y que es muy lamentable”.

Ante esta forma de actuar de un agente de seguridad pública, en este caso del ámbito municipal, y teniendo en cuenta que las corporaciones policiacas siguen encabezando el listado de quejas en la CDHEZ, la ombudsman reiteró el llamado a los alcaldes para que sean conscientes de que deben dar capacitación a sus policías, a fin de que respeten la ley pues en sus manos está la vida de los habitantes de una región.

Concluyó que “no por portar un arma de fuego significa que no tengan límites en su ejercicio, ni tampoco que puedan usarla de manera indiscriminada o con abuso de poder”.

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