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jueves, 18 abril, 2024
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Programa de Sustitución de Prestaciones en la UAZ reduce los pasivos contingentes

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Por: MARTÍN CATALÁN LERMA •

■ El trabajador cambia una pensión vitalicia de 20 años por una pagadera durante sólo 5

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■ Los datos, resultado de un estudio hecho por consultoría Valuaciones Actuariales del Norte

El programa de Sustitución de Prestaciones Contractuales Jubilatorias,  implementado en la Universidad Autónoma de Zacatecas (UAZ) entre 2007 y 2009, “reduce de manera importante los pasivos contingentes, pues el trabajador cambia una pensión vitalicia que pudiera otorgarse durante más de 20 años, por el valor presente de una pensión pagadera durante sólo 5 años”, afirmó la consultoría Valuaciones Actuariales del Norte.

A través de un estudio realizado por Miguel Aguirre Farías, actuario certificado en Pasivos Contingentes No. 15, mismo que fue entregado a la Subsecretaría de Educación Superior de la Secretaría de Educación Pública (SEP) y a la Rectoría de la UAZ, la consultoría señala que los profesores invitados representaban en ese momento un mayor ahorro para la Universidad.

Según el informe de la consultoría ubicada en Saltillo, Coahuila, realizado en 2014, la UAZ solicitó a la SEP su autorización para que una parte de los recursos que le fueron asignados del Fondo de Apoyo para Reformas Estructurales de las Universidades Públicas Estatales, “fueran utilizados en la sustitución individual de prestaciones contractuales por concepto de jubilación a docentes en activo” y que su ingreso laboral a la institución haya sido anterior al 13 de agosto de 1991.

Lo anterior mediante un pago único significativamente inferior al pasivo por jubilación, ya que se calculó como el valor presente de una pensión durante 5 años a cambio de una pensión vitalicia.

Como antecedente, el documento expone que la UAZ efectuó el 13 de agosto de 1991 una reforma para el personal académico. Los cambios implicaron que los docentes con ingreso posterior a esta fecha, sólo recibirán las pensiones derivadas de la afiliación al régimen del ISSSTE, quedando únicamente la pensión universitaria complementaria al ISSSTE para aquellos docentes con fecha de ingreso anterior a la citada reforma de 1991.

“Por lo anterior, la obligación contractual para la generación de trabajadores de ingreso anterior al 13 de agosto de 1991 en relación con su jubilación quedó de la siguiente manera: la pensión universitaria que se obtenía a los 25 años de servicio con la UAZ era del 100 por ciento y en cuanto cumplieran con los requisitos de la Ley del ISSSTE, vigente en su momento, se pagaba solamente la diferencia”.

En el año 2004, a través de la Convocatoria del Fondo Extraordinario para Apoyar la Realización de Proyectos Formulados para las Universidades Públicas Estatales, la UAZ firmó un convenio con Sindicato de Personal Académico (Spauaz) para modificar el requisito de 25 años y quedar en 30, igualmente en la Ley del ISSSTE vigente en su momento, para aquellos trabajadores que tienen el derecho a la pensión universitaria y evitar así que la UAZ pague pensiones totales de los 25 a los 30 años de antigüedad e igual período de cotización con el ISSSTE.

“Cabe hacer notar que mediante este mecanismo de sustitución de prestaciones, en sus anteriores aplicaciones, la UAZ ha utilizado 154 millones 563 mil 356.75 pesos para la sustitución de un pasivo contingente que representaba 541 millones 596 mil 875.52, por lo que se obtuvo un ahorro total de 387 millones 33 mil 518.77, es decir, el 71.46 por ciento del pasivo contingente inicial correspondiente a 90 trabajadores.

En el informe, Valuaciones Actuariales del Norte expone la metodología aplicada para cuantificar los impactos positivos en las finanzas de la Universidad. Primero se determinaron los requisitos de edad, años de servicio, conceptos salariales para la pensión universitaria y para la pensión del ISSSTE, así como el monto de los pagos únicos contractuales que se tienen pactados en el Contrato Colectivo.

Luego se calculó el monto de la pensión a cargo de la UAZ y la pensión a cargo del ISSSTE, bajo los requisitos establecidos para cada caso, es decir, los 30 años de servicio para la UAZ con el 100 por ciento del salario integrado y los que establece la nueva Ley del ISSSTE, hasta el límite de 10 veces el salario mínimo.

Por último, estimó el Valor Presente de las Obligaciones que tiene la UAZ, por cada uno de los beneficios establecidos en el Contrato Colectivo, descontando la parte que corre a cargo del ISSSTE, al ser pensiones complementarias.

Como resultado se elaboraron los cálculos de los pasivos a valor presente de pensión vitalicia de jubilación, pensión de jubilación por un plazo máximo de 5 años y la diferencia entre ambos que representa el ahorro obtenido por la sustitución de prestaciones contractuales.

“La política para seleccionar a los posibles candidatos para asignar los pagos únicos mencionados, es la de dar preferencia a aquellos trabajadores que generen un mayor ahorro porcentual para la Universidad”, explica el actuario.

Señala entonces que “el objetivo particular es el reducir el pasivo contingente más grande de la UAZ, esto es, la pensión universitaria, complementaria a la Ley del ISSSTE, de manera tal que disminuya el número del personal académico con fecha de ingreso anterior al 13 de agosto de 1991 e incrementar el grupo de trabajadores académicos que sólo tienen derecho a las prestaciones del ISSSTE”.

“A nuestro juicio, el mecanismo propuesto por la Universidad Autónoma de Zacatecas, denominado ‘Sustitución de prestaciones contractuales jubilatorias’, reduce de manera importante los pasivos contingentes, pues el trabajador cambia una pensión vitalicia que pudiera otorgarse durante más de 20 años, por el valor presente de una pensión pagadera durante sólo 5 años”, concluye la consultoría.

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