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jueves, 25 abril, 2024
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Presentan iniciativa para perseguir de oficio los delitos de hostigamiento y acoso sexuales

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Por: ALMA RÍOS •

  • La finalidad, impedir que los posibles agresores induzcan el perdón y con ello sigan delinquiendo

La diputada Guadalupe Isadora Santivañez Ríos presentó una iniciativa para modificar el Código Penal del Estado de Zacatecas, en que propone la persecución de oficio de los delitos de hostigamiento y acoso sexuales, a modo de impedir dijo, que “los posibles agresores induzcan el perdón y con ello sigan delinquiendo”, pero también, para prevenir la comisión de delitos de mayor impacto.

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En su exposición de motivos la legisladora priísta observó que la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares 2006 (Endireh) realizada por el Inegi, registra que en México el 12 por ciento de las mujeres que trabajan fuera de casa sufren algún tipo de violencia o acoso sexual.

Los delitos de hostigamiento y acoso sexuales refieren “conductas no solicitadas ni deseadas por la persona a quien va dirigidas” y surgen de, o en la relación de trabajo dando por resultado “la degradación y humillación de dicha persona generando un ambiente de trabajo hostil”, precisó.

Son además expuso, formas de violencia de género ejercidas para “controlar, humillar y denigrar a la persona que carece de poder”, que acotó, es una situación en que frecuentemente se encuentran las mujeres por su desigual relación en el conjunto de la sociedad con respecto a los hombres.

Agregó que en los espacios laborales esto permite que las féminas sean objeto de estos tipos de violencia sexual no sólo por sus superiores jerárquicos, sino de forma generalizada, también por sus pares y subordinados, y ocasionalmente, por personas ajenas a los centros de trabajo como usuarios, clientes o proveedores de servicios.

Santivañez Ríos sostuvo que con la iniciativa presentada ayer y que fue turnada para su análisis a la Comisión de Seguridad Pública, “no sólo se reestructura la norma en beneficio de la ciudadanía, sino que se particulariza su aplicación atendiendo los distintos supuestos y circunstancias bajo las cuales puede presentarse la conducta delictiva”.

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