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sábado, 20 abril, 2024
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PRD afirma que el doble juego de Tello y Enrique Peña es a favor de mineras

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Por: REDACCIÓN •

■ Promoverá que semidesierto zacatecano sea declarado ANP

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El Partido de la Revolución Democrática (PRD), mediante un comunicado, afirmó que a partir de la lectura de dos preceptos de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en una zona considerada como Área Natural Protegida, en este caso el semidesierto zacatecano, no deben desarrollarse actividades como las que realizan las empresas mineras Grupo Peñoles, Fresnillo PLC, Grupo Frisco, Grupo México y Goldcorp, debido a que están operando, generando daños irreversibles al medio ambiente, provocando un severo desequilibrio al sistema ecológico.

Según el boletín, las concesiones para operar, otorgadas a estas empresas, deben de ser revocadas debido a su carácter ilegal y por ser altamente dañinas del medio ambiente y por generar serios riesgos a la salud de la población que habita en las regiones donde esas empresas están operando.

El gobernador Alejandro Tello ha declarado que realizó gestiones para que la Semarnat no emitiera el decreto por el que se declararía Área Natural Protegida, con el carácter de Reserva de la Biosfera, la región conocida como Desierto Semiárido de Zacatecas, alegando que la minería tiene mucha importancia en la economía estatal y que genera empleos.

No obstante, el mandatario reconoce que la actividad realizada por las empresas mineras provoca daños al medio ambiente y en razón de ello ha aplicado un “impuesto ecológico”.

El Gobierno estatal pareciera que lo que desea es manifestarse como representante de los intereses de los zacatecanos, la realidad es que está actuando en representación de los intereses de las compañías mineras, en complicidad con el Gobierno Federal.

El PRD argumenta que las concesiones para las explotaciones mineras están dentro del ámbito de facultades del Gobierno Federal, la Semarnat debió haber intervenido para que en una zona con las características como las que tiene el área sobre la que ahora hacemos referencia, no se hubieran otorgado concesiones para la explotación minera.

El gobernador actual realizó gestiones para que el decreto  que declararía Área Natural Protegida, con el carácter de Reserva de la Biosfera, la región conocida como Desierto Semiárido de Zacatecas, no se emitiera, lo que por ahora ha logrado con la anuencia de la Semarnat, quien también actúa fuera de la ley que  la obliga a impedir que se desarrollen las actividades de explotación minera que actualmente se llevan a cabo en la región señalada y otras de la misma naturaleza.

El mismo Ejecutivo estatal, para justificarse promueve y aplica un “impuesto ecológico”, a sabiendas de que invade esferas de competencia del Gobierno Federal, con quien se habría puesto de acuerdo para simular que actúa en función de los intereses de Zacatecas, pero dentro del juego convenido, el Gobierno Federal no se lo permite e interpuso una controversia constitucional, que muy probablemente  la Suprema Corte de Justicia de la Nación la resuelva a favor del mismo gobierno de la República.

En efecto, el Ejecutivo federal ha solicitado a la Corte la invalidez de los artículos 6 al 36 de la Ley de Hacienda de Zacatecas y de diversas normas relacionadas que validan la aplicación de los impuestos “ecológicos” a la industria minera.

El resolver la Corte a favor del Ejecutivo federal, como es probable que suceda, el gobernador entonces dirá que hizo lo posible por beneficiar a los zacatecanos, pero que la intromisión de la Federación no lo permitió.

El juego entre el poder estatal y el poder federal está claro, ambos protegen los intereses de las empresas mineras, incluidas las transnacionales.

El Gobierno del Estado de Zacatecas debe impulsar el desarrollo económico y social del estado, a través de proyectos productivos socialmente necesarios, ubicados donde la población tiene menores recursos, que generen empleo, ingreso y consumo, para mejorar las condiciones generales de vida de la gente.

Esa es la obligación fundamental del gobierno proteger los intereses de la gente, generar bienestar para la población, el empleo que se cree no deberá provenir de actividades que dañen el medio ambiente, porque dañan la salud de la población, destruyen su patrimonio y el de las siguientes generaciones y se atenta contra el desarrollo sustentable del país.

Para coadyuvar en la solución de este grave problema ecológico, el Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, en la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, está preparando un “Punto de Acuerdo” donde se exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal para que disponga lo necesario, a fin de que se emita el decreto por el que se declare Área Natural Protegida, con el carácter de Reserva de la Biosfera, la región conocida como Desierto Semiárido de Zacatecas.

El Sol Azteca, explicó que en el Diario Oficial de la Federación, el 23 de junio de 2014, la Semarnat publicó un aviso que informa al público en general, que está disponible para consulta el estudio realizado que sustenta la expedición del decreto por el que se declararía Área Natural Protegida, con el carácter de Reserva de la Biosfera, la región conocida como Desierto Semiárido de Zacatecas, que cuenta con una superficie del orden de 2 millones 577 mil 127 hectáreas, que está localizada en los municipios de General Francisco Murguía, Villa de Cos, El Salvador, Melchor Ocampo, Concepción, del Oro y Mazapil, en el estado de Zacatecas.

La consulta del estudio referido tenía como propósito que las partes interesadas tuvieran elementos para opinar en torno al decreto al que se hace alusión, particularmente, los gobiernos estatal y de los municipios que se ubican dentro del área donde se localiza la Reserva de la Biosfera mencionada, las dependencias federales que normativamente deban intervenir, las organizaciones sociales, así como los pueblos indígenas, universidades, personas físicas o morales y en general personas interesadas en la expedición del Decreto por el que se declararía Área Natural Protegida, el área antes mencionada.

La fundamentación jurídica invocada, en que se sustenta el Aviso de la SEMARNAT, entre otras, se encuentra en los artículos 48 y 58 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Vea la nota completa en www.ljz.mx

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