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viernes, 29 marzo, 2024
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Discutamos la Constitución (Primera Parte)

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Por: Carlos E. Torres Muñoz •

En el marco de la celebración del centenario de la Constitución mexicana, se han vuelto a dar los llamados a la redacción de una nueva Carta Magna. En los próximos textos busco exponer mis dudas sobre esta alternativa, así como mis argumentos del porqué considero un despropósito un proceso constituyente tan ambicioso como ése, y finalmente algunas ideas de cómo fortalecer nuestro texto jurídico fundamental actual, sin la necesidad de cambiarlo por otro y correr el riesgo de perder mucho de lo que se ha logrado en los últimos años.

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La Constitución de 1917, recordemos, no es el resultado de un consenso, sino al contrario, de una revolución social sin precedentes en nuestra historia. Surgió como respuesta a una crisis sin igual que llevó a los sectores más diversos a dialogar sobre un nuevo proyecto de nación, mismo que fijó sus bases a partir de estrategias, que a la larga fueron criticables, pero que permitieron que México avanzara al siglo XXI, despegándose de la inestabilidad institucional.

Lo cierto es que la Constitución actual tiene una vida relativamente corta, pues apenas lleva algunos años de implementación plena de sus mecanismos democráticos, coincidiendo este proceso con el reto de hacer realidad las obligaciones que impone al Estado, en cuanto a derechos humanos (incluidos aquí, por supuesto los sociales).

Así es que tal como sucedió con la previa Constitución de 1857, la actual fue por décadas más símbolo que norma. Citada y adulada en la retórica política, motivación de documentos que en su implementación la contradecían más que imitarla, reclamo insistente de la oposición en aras de la democracia. Pero solo eso: símbolo, arma de lucha, instrumento de legitimación. Casi nunca derecho positivo.

Como lo asegura Jesús Silva-Herzog Márquez en El antiguo régimen y la transición en México, la Constitución fue, durante las décadas de la hegemonía unipartidista, una “mujer dormida”, desarrollamos el siglo XX, su siglo, en una “siesta constitucional”, cito: “Muchos son los artefactos que el constitucionalismo ha concebido para impedir el dominio despótico: la división de poderes, descentralización política, dispositivos de rigidez constitucional, garantías individuales. Ahora bien, estos mecanismos pueden encenderse solamente cuando funciona el switch del pluralismo electoral. Si ese apagador se traba, la sofisticada mecánica del control se petrifica. Eso es lo que ha pasado con el régimen constitucional. La pobreza de la competencia electoral, la existencia de una representación monocolor en el congreso, la falta de alternancia política, convirtieron a la Constitución en un documento casi inerte frente a la energía avasalladora del autoritarismo.”

Podemos coincidir en que la alternancia, la pluralidad democrática y la competencia política en nuestro país no trajo consigo los resultados esperados, y menos aún la consumación de la búsqueda del Estado de Derecho, sino al contrario, los viejos vicios pronto contaminaron las esperanzas que se tenían en los nuevos actores y se instauró una decepción por la transición a la democracia en el ánimo general.

Sin embargo, responsabilizar a la Constitución de nuestra incapacidad para cumplirla es no solo un error histórico, sino una derrota abismal. Los mecanismos que de ella emanan no solo son aceptables, sino, con las recientes actualizaciones y reformas que ha vivido, en materia de derechos humanos, forma de gobierno y división de poderes, hemos logrado una Carta Magna insignia del modelo jurídico-estatal más acabado de nuestros tiempos: la Democracia Constitucional.

En las siguientes participaciones, pretendo enumerar algunas de las ventajas y herramientas que hoy presenta nuestra Constitución, que le dan vigorosidad, actualidad y vigencia plena para nuestro tiempo.

Hay claras ventajas de discutir la Constitución: dar a conocer su contenido y potenciales alcances; volver a conceptos básicos hoy necesarios: democracia, derechos humanos, liberalismo, constitucionalismo, régimen de gobierno, garantías para los derechos políticos, civiles y sociales, la globalización y la necesidad de un orden jurídico global específico, entre muchos otros, bienvenida sea entonces esta discusión. ■

@CarlosETorres_

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