25.3 C
Zacatecas
jueves, 28 marzo, 2024
spot_img

TRIJEZ declara la inexistencia de actos anticipados de campaña y promoción personalizada

Más Leídas

- Publicidad -

Por: REDACCIÓN •

En Sesión Pública, el Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas (TRIJEZ), resolvió dos procedimientos especiales sancionadores, el primero promovido por Pedro de León Mojarro, en el cual se declaró la inexistencia de actos anticipados de campaña, atribuidos a Rafael Flores Mendoza, en su carácter de precandidato a gobernador postulado por el Partido de la Revolución Democrática (PRD), como tampoco de dicho partido.

- Publicidad -

 Los magistrados determinaron que, de la composición textual, gráfica y auditiva del contenido de los spots de radio y televisión objeto de la queja, no fue posible acreditar los actos anticipados de campaña atribuidos a Rafael Flores Mendoza y al PRD.

En la segunda queja, promovida por el partido MORENA, en contra del Gobierno del Estado de Zacatecas, también se declaró la inexistencia de la promoción personalizada y uso de recursos públicos con motivo de la difusión de propaganda gubernamental; en la sentencia se advirtió que en dicha propaganda en ningún momento se observan elementos tendientes a enaltecer las cualidades personales del titular del poder ejecutivo con el propósito de proyectarlo en el proceso electoral que transcurre, como tampoco se acredita la utilización de recursos públicos en favor de candidato o partido político alguno.

Por otro lado, el TRIJEZ desechó un juicio para la protección de los derechos político electorales del ciudadano promovido por Ana Belia Escalera Fonseca en contra del Partido Encuentro Social (PES), por haber sido presentado fuera de los plazos establecidos por la ley.

- Publicidad -

Noticias Recomendadas

Últimas Noticias

- Publicidad -
- Publicidad -