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jueves, 25 abril, 2024
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Presentan diputados de oposición acción de inconstitucionalidad contra Ley Electoral

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Por: ALMA ALEJANDRA TAPIA •

■ Reclaman la prohibición de coaliciones en comicios locales para partidos de nueva creación

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■ Participan PRD, PAN, Movimiento Ciudadano, PT, Morena y un legislador sin partido

Doce diputados de oposición de la 61 Legislatura presentaron ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) una acción de inconstitucionalidad contra la nueva Ley Electoral de Zacatecas. Los representantes populares del PRD, PAN, Movimiento Ciudadano, PT, Morena y un independiente reclaman que la legislación estatal acota las coaliciones en 2016 para los partidos políticos de reciente creación.

Es decir, les prohíbe coaligarse por no haber competido antes en una elección local, no obstante que ya hayan participado en una federal. Es así que los quejosos reclaman la inconstitucionalidad del numeral 1 del artículo 117 de la Ley Electoral de Zacatecas aprobada por el propio Poder Legislativo el 5 de junio de este año. Aseguran que contraviene la Ley General de Partidos Políticos y la de Instituciones y Procedimientos Electorales.

El documento, recién entregado ayer a la SCJN, fue firmado por los diputados perredistas Gilberto Zamora Salas, Juan Carlos Regis Adame, Iván de Santiago Beltrán y Eugenia Flores Hernández; los panistas María Guadalupe Medina Padilla y Mario Cervantes González; de Morena, Soledad Luevano Cantú y José Luis Figueroa Rangel; de Movimiento Ciudadano, César Deras Almodova, y el independiente Guadalupe Hernández Ríos, quienes dan a Ricardo Hernández León el poder de llevar a cabo el caso.

La acción de inconstitucionalidad establece que el 22 de mayo de 2014 se expidió el decreto de la Ley General de Partidos Políticos que en el título noveno artículo 85 establece que los partidos de nuevo registro no podrán convenir frentes, coaliciones o fusiones con otro partido antes de la conclusión de la primera elección federal o local inmediata posterior a su registro según corresponda.

Sin embargo, en contradicción en el artículo 117 de la Ley Electoral de Zacatecas se señala que los partidos políticos nacionales o estatales con registro que participen por primera vez en una elección local, no podrán hacerlo en coalición.

Es así que los diputados zacatecanos aseguraron que sus homólogos quienes aprobaron la Ley Electoral se excedieron inconstitucionalmente en el rango de prohibición, pues la empataron sin distingo a los partidos políticos nacionales con registro ante el INE  y los partidos políticos con registro ante el Instituto Electoral del Estado de Zacatecas (IEEZ) lo cual trasgrede los derechos constitucionales que acompañan al registro como partido político nacional.

Los diputados solicitan, por lo tanto, a los ministros de la Corte que tengan a bien realizar una interpretación conforme de las disposiciones cuestionadas a efecto de que las normas se interpreten en el sentido de que las limitaciones y prohibiciones no signifiquen menoscabo alguno a la libertad, pluralidad y democracia.

Según informó Ricardo Hernández, la Corte deberá resolver la acción de inconstitucionalidad antes del inicio del proceso electoral local que es el 7 de septiembre.

Dicho recurso se suma al que presentaría la Red Plural de Mujeres con la firma de respaldo del PVEM y el PRD, quienes también apelarán a la inconstitucionalidad de la no inclusión en la Ley Electoral de Zacatecas de paridad horizontal en las candidaturas.

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