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jueves, 25 abril, 2024
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Por unanimidad, Tribunal Electoral revoca candidatura de Ebrard

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Por: La Jornada •

México, DF. Por unanimidad, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó una resolución del Instituto Nacional Electoral (INE) con base en la cual autorizó para el ex jefe de gobierno Marcelo Ebrard, la candidatura suplente a una diputación federal, aun cuando ya había una sentencia del Tribunal en sentido contrario.

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“Permitir el registro de Marcelo Ebrard como candidato suplente, aprobado por la autoridad responsable, resultaría aceptar un fraude a la ley e implicaría que esta Sala Superior aceptara que sus sentencias carecen de fuerza vinculante para las partes, lo cual para mí es inaceptable porque socavaría la esencia misma de la función constitucional de este tribunal”, advirtió la magistrada María del Carmen Alanís.

Pedro Esteban Penagos ponente del caso (un recurso de apelación presentado por el PRD en contra de la decisión del consejo general del INE), aseveró que “no se puede evadir el criterio de una sentencia” en la que se determinó que la candidatura de Ebrard es ilegal.

“Es cosa juzgada e inatacable, en consecuencia debo mencionar que este caso no es una cuestión en la que se estudie o determine la inelegibilidad o suspensión de derechos políticos-electorales. Es una determinación ya emitida en una sentencia que ha quedado firme”, dijo..

Fue evidente, agregó, que la sentencia incluyó la candidatura de propietario y suplente (por el partido Movimiento Ciudadano). “Esa es cosa firme”, subrayó.

Ebrard entregó a la Sala Superior del TEPJF, apenas minutos antes del inicio programado de la sesión, alegatos por escrito con base en los cuales solicitaba no se aplicara el criterio de esta Sala Superior.

Manuel González Oropeza hizo énfasis en que la fuerza del procedente sea respetada. Los registros de Ebrard – dijo- conculcaron la ley, y ya fue un tema que fue sujeto de análisis y de resolución.

Flavio Galván hizo un análisis acerca de la “cosa juzgada” , por lo que – expresó- no me queda ninguna duda del incumplimiento de la sentencia del Tribunal (por parte del INE).

Penagos explicó que lo que se revocó en el recurso 125 fue la designación como “candidato” de Ebrard, en la Cuarta Circunscripción. Por tanto, no podía ser registrado como candidato en este proceso electoral.

El argumento anterior del Tribunal, durante la sesión del 29 de abril, y la cual fue ratificada la noche de este viernes, se basa en que Ebrard participó de manera ilegal en los procesos de los partidos de la Revolución Democrática y Movimiento Ciudadano.

Lo decidido por esta Sala Superior trasciende al nuevo registro. Lo que se estimó fue que no estaba apegado a Derecho el registro como candidato, independientemente de que ahora sea propuesto como suplente.

No se estimó en la resolución, que es cosa juzgada, el registro como candidato propietario, sino por haber participado en dos procesos internos similares. Por tanto, no se puede vadir el cumplimiento y decir que fue retirado como candidato propietario, pero ahora está como suplente. “Fue la candidatura, en sí, lo que no estaba apegada a Derecho”.

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