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jueves, 28 marzo, 2024
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Tribunal español anula ley de consultas y referéndum catalanes

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Por: La Jornada en Línea •

El Tribunal Constitucional español anuló por unanimidad todas las medidas adoptadas por el Parlamento catalán para celebrar un referéndum para conocer la opinión de la ciudadanía sobre el actual modelo de la autonomía, que les obliga a depender del Estado español. Los nueve magistrados que integran el alto órgano jurídico declararon inconstitucionales tanto la Ley de Consultas como la convocatoria de la consulta ciudadana, que se celebró el pasado nueve de noviembre pero bajo un marco distinto, que denominaron “acto de participación ciudadana”.

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El presidente de Cataluña, Artur Mas, advirtió que la beligerancia de las instituciones españoles con la región les dejan “como único camino las elecciones”.

El Tribunal Constitucional, que había adoptado la “suspensión cautelar” de todas las iniciativas que ahora declaró ilegales, finalmente resolvió a favor de todos los recursos interpuestos por el gobierno español, del conservador Mariano Rajoy. Esta resolución anula de facto tanto la nueva ley de consultas catalana, aprobada con mayoría absoluta en el Parlamento regional con el respaldo de cuatro formaciones políticas, como la convocatoria de la consulta, que se había quedado sin efecto con la suspensión cautelar, una vez que estaba prevista para el pasado 9 de noviembre.

Los magistrados resolvieron los informes en menos de media hora, en los que se asumieron la mayoría de las tesis de la Abogacía del Estado para “indignación” del gobierno catalán, que desde el origen de la disputa jurídica acusó al Tribunal Constitucional de actuar bajo el mandato del gobierno, con motivaciones políticas y ajena a los preceptos constitucionales que le deberían de regir.

La sentencia sostiene que “queda fuera de la competencia autonómica formular consultas, aun no referendarias, que incidan sobre cuestiones fundamentales resueltas con el proceso constituyente y que resultan sustraídas a la decisión de los poderes constituidos. El respeto a la Constitución impone que los proyectos de revisión del orden constituido, y especialmente de aquéllos que afectan al fundamento de la identidad del titular único de la soberanía, se sustancien abierta y directamente por la vía que la Constitución ha previsto para esos fines”.

Es decir, que a partir de ahora ninguna comunidad autónoma podrá convocar ni celebrar referéndums sin la autorización del gobierno central. Incluso establece que “no caben actuaciones por otros cauces ni de las Comunidades Autónomas ni de cualquier órgano del Estado, porque sobre todos está siempre, expresada en la decisión constituyente, la voluntad del pueblo español, titular exclusivo de la soberanía nacional”.

El presidente Mas lamentó el contenido de la sentencia y advirtió que “si el Tribunal Constitucional nos dice parcialmente no a la ley de consultas y no al decreto, quiere decir que solo nos dejan un camino al pueblo de Catalunya, que son las elecciones”. Ya que, añadió, “según el Estado no se trata de encontrar vía intermedia, sino que claudiquemos”.

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