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jueves, 28 marzo, 2024
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Los riesgos del financiamiento privado de los partidos políticos

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Por: MATÍAS CHIQUITO DÍAZ DE LEÓN* •

Hay detractores de los partidos políticos para quienes, seguramente, no habrá razón que los pueda mover de la postura que han tomado. No obstante, sin mayor interés que aportar elementos de juicio para una adecuada valoración de su desempeño, es bueno revisar uno de los aspectos que más ha contribuido a dibujar esa aureola gris que se forma en torno de los partidos políticos. Nos referiremos a su financiamiento, ya  sea público o privado, de paso, a partir de las experiencias conocidas, deduzcamos las consecuencias que podrían derivarse de la apertura que ahora se ha dado al financiamiento privado, pues se trata de recursos que, posiblemente, no dejan estela en su origen ni huella del fin que se les haya dado, son difíciles de medir y fiscalizar, por lo que se convierten en verdaderos riesgos para el sistema electoral, más en una democracia que está en vías de su consolidación.

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El tema del dinero en los partidos políticos es un asunto que merece permanente observación, regulación y sanciones efectivas. En el caso de los sistemas electorales y de partidos vigentes en México, deben destacarse los logros alcanzados en la regulación de los recursos que son ingresados a los partidos políticos, en sus límites, en su ejercicio y en la fiscalización de los mismos. La relevancia del tema no se funda solamente en la posibilidad de un ejercicio honorable del dinero, más bien, hay que destacar un mayor interés en la urgente necesidad de asegurar estándares básicos de equidad en la competencia político-electoral, evitando que el dinero sea el factor determinante para ganar elecciones.

Poco mérito se ha reconocido a los partidos políticos en la regulación de sus propios recursos y de los logros que en este tema se han alcanzado. Pero hay que decirlo, han sido los partidos a través de los legisladores que son emanados de sus cuadros o de sus filas militantes, quienes le han puesto límites al financiamiento público, reduciendo sustancialmente las cantidades asignadas e incrementando las exigencias de fiscalización de los ejercicios ordinarios y de los gastos de las campañas político-electorales. Por ejemplo, a partir de la reforma político-electoral de 2007-2008, ya no importa el número de partidos en el escenario electoral, la cantidad total de dinero que les será asignado es la misma, aun cuando puede aumentar el número de partidos el financiamiento público no será incrementado. Es decir, el hecho de que tengamos más partidos políticos de ninguna manera implica que tengamos más gasto. El monto del financiamiento público se determina para cada anualidad de manera cierta y objetiva a partir de dos variables totalmente verificables: se multiplica el número de electores en el padrón electoral por .65 por ciento del salario mínimo general vigente para el Distrito Federal, la cantidad resultante se distribuye entre todos los partidos políticos con registro vigente en el Instituto Nacional Electoral. Es cantidad única y se incrementa solamente en los años de elecciones para cubrir los gastos de campaña; así, para las elecciones solamente de diputados, el monto de financiamiento público de cada partido político incrementará en un 30 por ciento más; para el caso de las elecciones de presidente, diputados y senadores, el incremento es de 50 por ciento más del gasto ordinario.

Antes de la reforma mencionada los gastos de campaña se cubrían duplicando el monto del gasto ordinario, es decir, el incremento era de 100 por ciento; ahora, la reducción del gasto es sustantiva, hasta de 70 por ciento; sólo como ejemplo, para las elecciones de 2015, con la legislación vigente, el financiamiento de las campañas se reducirá en una cantidad cercana a los 2 mil 500 millones de pesos. Es una decisión propia de los partidos políticos. Además de la reducción al gasto, la auditoría a los partidos políticos y candidatos será exhaustiva, exigente y se sancionará de manera efectiva cualquier exceso detectado. De esta manera, considero, deben reconocerse méritos por esos logros en la reducción y mayor regulación del financiamiento público de los partidos políticos, dinero que es cien por ciento auditable.

No obstante, si bien el dinero público para los partidos políticos se ha limitado, ahora deben generarse alertas por el incremento del financiamiento privado regulado por la nueva Ley General de Partidos Políticos. De la simple lectura del articulado correspondiente al título quinto del ordenamiento legal citado, pareciera que el financiamiento proveniente de los simpatizantes no tendrá más límite que el monto de financiamiento público del partido de que se trate. Me explico: la legislación electoral aplicable antes de la ley mencionada, sí señalaba claramente un tope al dinero privado que podría ingresar a los partidos políticos, equivalente a 10 por ciento del financiamiento público total. La ley vigente solamente le pone un límite a las aportaciones que en lo individual pueden hacer los simpatizantes a su partido, que puede ser hasta de un millón ochocientos mil pesos, pero no señala un límite para la totalidad de los simpatizantes; es decir, los partidos pueden recibir tanto financiamiento privado como simpatizantes puedan tener. El único límite que sería aplicable, en este caso, es el principio general que rige el financiamiento de los partidos políticos que es la preponderancia del dinero público sobre el privado.

Consecuencias. A mayor cantidad de dinero privado en los partidos políticos y sus candidatos, mayor dificultad para la auditoría y fiscalización. El dinero público invariablemente deja rastro, es fiscalizable en su totalidad. El dinero privado no siempre deja huella y sí genera compromisos, que necesariamente se pagan y que limitan la autonomía y legitimidad del poder político. ■

 

* Delegado del INE en el Estado de México

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