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viernes, 19 abril, 2024
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Revocación de consejeros electorales

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Por: SOCORRO MARTÍNEZ ORTIZ •

La revocación que el jueves 23 del presente mes y año, hizo el TEPJF a la designación de los consejeros del IEEZ: José Carlos; Brenda Mora; Felipe Andrade; Joel Arce; Otilio Rivera y Rocío Posadas, realizada en octubre del año pasado por la 61 Legislatura del estado, deja en evidencia aspectos que merecen comentario.

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Se trata por un lado, que muchos de los legisladores sean locales o federales, desconocen el marco legal que constituye la esencia de la materia sobre la que deben trabajar. Esto los lleva con frecuencia a la creación de leyes que posteriormente, al aplicarlas el juzgador, encuentra una serie de problemas.

Esta falta de conocimiento, no es atribuible a nadie, pues la propia Constitución no indica cuál es el perfil escolar que debe acreditar la persona a quien se postula como candidato para diputado local, federal y senador. Así, los requisitos para ocupar esos cargos son similares atendiendo las disposiciones del artículo 53 de la Constitución Política del Estado de Zacatecas (CPEZ): ciudadanía zacatecana; 21 años; no ser miembro de los órganos electorales; no estar en servicio activo en el Ejército Nacional; no ocupar cargos de juez, ni funcionario en la administración pública y no pertenecer al estado eclesiástico.

Igualmente sucede para ser diputado federal. El artículo 55 de la CPEUM, es muy claro en sus disposiciones al indicar que se requiere: ciudadanía mexicana; edad mínima 21 años; originario del Estado donde se haga la elección; no estar en servicio activo en el Ejército Nacional; no tener cargos en la administración pública; no desempeñar algún cargo en las instancias electorales; ni ministro de la SCJN, ni gobernador, ni jefe de Gobierno del DF. y, no ser ministro de algún culto.

Tampoco es diferente nada para ser senador, solo que la edad será de 25 años mínimo, según indica el artículo 58 de la CPEUM.

Cada una de las tres disposiciones, no establecen ni tan siquiera, que los legisladores deban saber leer y escribir. Tampoco es exigible que sepan hablar. Por eso es muy frecuente que bajo estas circunstancias, lleguen a ocupar esos cargos personas mucho muy ajenas a lo que ocurre en este, nuestro mundo. Su trabajo entonces se traduce a lo que observamos al momento de leer las iniciativas y votar los dictámenes. Si no es exigible la escritura, la lectura y la palabra, menos será exigible que dominen temas legislativos especializados en determinada materia, como en el presente caso el lectoral.

Aunado a todo lo anterior, nos encontramos con la premura de los partidos políticos para nombrar a la brevedad posible, a las personas que perteneciendo a las organizaciones puedan ocupar el cargo de consejero electoral y velar por los intereses de ellas.

Hay que destacar que el IEEZ, no debería ser una empresa comercial que sirva para dar trabajo a personas desempleadas; o que en su interior haya un reparto del botín entre sus integrantes. El sueldo que estos reciben, si lo analizamos desde el punto de vista objetivo se puede apreciar que no justifica el trabajo que realizan.

Pregúntese usted estimable lector: ¿Quién va a rechazar un cargo de consejero en el IEEZ, cuando reciben mensualmente 45 mil 680 pesos? ¿Podrá negarse alguien a renunciar a recibir 250 mil pesos por los años que ostentaron su cargo? Creo difícil encontrar a personas que puedan renunciar a recibir una alta cantidad por concepto de 90 días de aguinaldo y otra por concepto del pago de prima vacacional. (La Jornada. Zacatecas. Martes 29 de octubre, pp. 1 y 3).

Las ganancias son jugosas. Nadie resistiría la tentación. Tal vez por eso, los legisladores zacatecanos apresuraron los tiempos, y sin tomar en cuenta ninguna disposición en materia electoral vigente en el Estado, dejaron de ceñirse al marco legal y no publicaron previamente, la convocatoria a fin de que pudiera existir democráticamente la participación ciudadana para ocupar esos cargos.

Al igual que con los diputados no se requiere constitucionalmente un perfil académico elemental, menos en el área del derecho, también ocurren cosas curiosas en el IEEZ. Hubo yerros durante las elecciones del año pasado. Por ejemplo, 6 consejeros incluyendo a la consejera presidenta Leticia Catalina Soto Acosta, el 3 de abril de 2013, negaron el registro de la Coalición PAN-PRD para participar en los comicios locales, decisión que fue impugnada y según la resolución del TEPJ, el Consejo General adoptó criterios y decisiones que afectaron el uso y disfrute de los derechos político-electorales consagrados en la Constitución. De modo que los cinco consejeros y la presidenta se vieron obligados a rectificar y registrar la coalición, pues en la ponencia del magistrado Yairsinio García se sostuvo que el IEEZ debió dar a la coalición 48 hora para subsanar la documentación que le faltó para el registro. Incluso el TEPJF apremio a través de la consejera presidenta a que se cumpliera con lo ordenado o serían acreedores a una medida de apremio o corrección disciplinaria. (Misma fuente).

Ojalá la designación de los nuevos consejeros, convenza a todos los ciudadanos, pues muchos son de la opinión, que debe haber una renovación completa. ■

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