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viernes, 19 abril, 2024
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La transparencia municipal (oculta) debajo de los procedimientos

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Por: RAYMUNDO CÁRDENAS VARGAS •

La destitución del contralor municipal de Fresnillo es una muestra de los mecanismos que existen en la trama barroca de procedimientos administrativos que terminan neutralizando las acciones de vigilancia u ocultando los señalamientos de anomalías a la opinión pública.

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La ley señala que los contralores pueden vigilar al personal administrativo no-electo, que son parte del cuerpo administrativo del ayuntamiento y que finalmente son designados o avalados por el presidente; para el caso de los regidores, el síndico y el propio presidente, si el contralor tiene algo que observar, lo envía a la Auditoría Superior del Estado y a la Legislatura, y estas instancias serán las responsables de emitir alguna sanción. Pues es justo en este salto, donde se pierde o diluye la acción de vigilancia, porque estas instancias están politizadas y actúan de acuerdo a conveniencia política.

El auditor superior del Estado es designado (fácticamente) por el gobernador y los legisladores se comportan como empleados. Es la forma por la cual muchas de las observaciones de contralores simplemente quedan disueltas en medio de la trama de relaciones políticas de los alcaldes. Porque además, a los contralores se les ordena silencio público al hacer sus observaciones a la Auditoría Superior del Estado.

Pues bien, una situación que llama poderosamente la atención es que más allá de las razones jurídicas, se actúa de acuerdo a las razones de fuerza; por ello, es la votación del cabildo el que decide separar al contralor fresnillense. En anteriores aportes editoriales mencionamos algunos de los mecanismos a través de los cuales se hace opaca la transparencia, y se neutraliza la vigilancia.

Pues bien, en dichos aportes se resaltan tres rasgos: la autonomía de los órganos de fiscalización y vigilancia, los contrapesos y equilibrios en el ejercicio del poder, y la participación ciudadana no sólo en la vigilancia, sino en los procesos internos de asignación de recursos.

En el caso de los municipios y en particular del procedimiento que aquí citamos, lo más grave es que la ciudadanía está ausente: toda la vigilancia se hace bajo formatos administrativos, es una práctica de transparencia que queda oculta entre los oficios que circulan en las oficinas de los pares políticos. La municipal es una transparencia de oficios. En cambio, la exigencia es que sean órganos ciudadanos los que tengan acceso a la información y emitan dictámenes, lo cual significa que la contraloría debería ser un órgano desconcentrado de la administración municipal y completamente autónomo y a salvo de las correlaciones de fuerza de los partidos políticos y con posibilidad de hacer público todo movimiento. En los recursos públicos no debe haber nada oculto.

Los bienes públicos deben estar en una caja de cristal. Y quien lo puede hacer son órganos ciudadanizados. Mientras no sea de esta manera, la fuerza de las alianzas políticas seguirá ocultando todo debajo de papeles y procedimientos ‘institucionales’.

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