13.9 C
Zacatecas
sábado, 20 abril, 2024
spot_img

Pliego de observaciones; ¡No! ¡Que se les juzgue, por corruptos!

Más Leídas

- Publicidad -

Por: JOSÉ HUERTA MENDOZA •

Dado el alto grado de corrupción que nos ratifica la Gaceta Parlamentaria del Estado de Zacatecas de fecha 13 del mes en curso, nosotros nos preguntamos: ¿Qué alternativa utilizará la Auditoría Superior del Estado, o en su defecto la Secretaría de la Función Pública, antes de que desaparezca, o en su caso la Procuraduría General de Justicia del Gobierno del Estado de Zacatecas, para con ello sancionar de manera drástica a los ex diputados que conformaron nuestra 60 Legislatura, por corruptos, en virtud de que les fueron entregados y recibidos recursos económicos del periodo 8 de septiembre al 31 de diciembre de 2013, lapso durante el cual su gestión ya había concluido?

- Publicidad -

En la Gaceta Parlamentaria citada se dice que dentro del Capítulo 3000, en las partidas Gestión Legislativa, Gestión Administrativa y Gestión Social, todas ellas consideradas dentro de las Herramientas Legislativas que corresponden al ejercicio fiscal del presente año (2013), “los ex diputados integrantes de la 60 Legislatura dispusieron de los fondos que a continuación se detallan, cuando su gestión ya había terminado” y en esa virtud, dichos recursos corresponden a percepciones improcedentes, las que según información proporcionada por la Dirección de Administración y Finanzas de la 61 Legislatura, fueron cobradas y recibidas por éstos, por lo que se consideran de carácter resarcitorios, situación que de acuerdo con nuestra percepción, toda vez que la Gaceta Parlamentaria no especifica en qué consiste el Pliego de Observaciones, la sanción que con toda probabilidad se aplicará a los mencionados ex diputados de parte de la ASE, institución que nos ha demostrado poca confiabilidad, será únicamente en el sentido de que devuelvan los citados recursos a la Hacienda Pública de donde fueron sustraídos, aun y cuando dicha acción bien pudiera tipificarse como “Abuso de Autoridad”, de conformidad con lo que establece al respecto nuestro Código Penal vigente a través de sus artículos 194 fracciones Vl y Vll, y 195, para lo cual la PGJEZ, debiendo conocer ya de esta acción, a todas luces corrupta, debe de estar analizando dicha posibilidad para aplicarles la sanción correspondiente, toda vez que, si estoy bien informado, aun se encuentra en el congelador la nueva Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Zacatecas; todo ello en razón de haber ocasionado los referidos legisladores un daño al Patrimonio del Poder Legislativo del Estado de Zacatecas.

Las partidas que los referidos diputados pidieron que se les entregaran de manera improcedente, cuando ya había concluido su gestión, corresponden del 8 de septiembre al 31 de diciembre de 2013, de acuerdo a nuestra siguiente exposición:

Ejercicio Fiscal 2013: Capítulo 3000

Cuenta 3991 Gestión Legislativa: $8’071,297.90. Cuenta 3992 Gestión Administrativa $10’761,769.43. Cuenta 3993 Gestión Social $8’071,297.90. Total $26’904.365.21
Aparte de lo expuesto la Gaceta Parlamentaria nos dice lo siguiente:

“En virtud de lo anterior, las erogaciones señaladas se consideran de carácter resarcitorio por lo que se promoverá la acción Pliego de Observaciones por el monto de $26’904,365.23 (Veintiséis millones novecientos cuatro mil trescientos sesenta y cinco pesos 23/100 M.N.), toda vez que corresponden a percepciones improcedentes a los Ciudadanos Diputados de la 60 Legislatura del Estado, en virtud de que les fueron entregados y recibidos recursos económicos del periodo del 8 de septiembre al 31 de diciembre de 2013, lapso durante el cual su gestión ya había concluido.

Cabe señalar que el Reglamento para el Control y Ejercicio Presupuestal del Poder Legislativo vigente durante el ejercicio fiscal 2013, regula las Herramientas Legislativas en su artículo 91 al 96 sin que ninguno de ellos permita el otorgamiento de recursos más allá de los correspondientes al ejercicio constitucional; además, en el artículo 96 fracciones ll, lll y Vll apartado “a” del mismo ordenamiento, se establece claramente que éstos recursos deben ser comprobados en forma bimestral, y que en el año correspondiente al fin del ejercicio constitucional únicamente se pagará a los diputados salientes la parte proporcional de su periodo legislativo, e inclusive que la parte proporcional del mes de septiembre no se entregaría por anticipado, sino que los gastos realizados serían reembolsados.

En consecuencia, los Ciudadanos Diputados de la 60 Legislatura violaron lo establecido en el Reglamento para el Control y Ejercicio Presupuestal del Poder Legislativo vigente durante el ejercicio fiscal 2013, al asignarse y recibir en forma improcedente recursos correspondientes a las Herramientas Legislativas del periodo del 8 de septiembre al 31 de diciembre del ejercicio fiscal 2013, lapso en el cual ya había concluido su periodo, con lo cual ocasionaron un daño al patrimonio del Poder Legislativo del Estado de Zacatecas”

Por otra parte, el referido documento nos informa del caso específico del ex diputado José Juan Mendoza Maldonado: “En lo que corresponde al análisis de la Comprobación de Herramientas para el Desempeño del periodo de Enero a Agosto de 2013, queda pendiente de comprobar los recursos entregados y recibidos por el C. Diputado en turno José Juan Mendoza Maldonado, por un monto de $2’210,171.80 (Dos millones doscientos diez mil ciento setenta y un pesos 80/100 M.N.); erogaciones de carácter resarcitorios, por lo que se promoverá la acción Pliego de Observaciones en su contra, acción que de ninguna manera compartimos. ■

- Publicidad -

Noticias Recomendadas

Últimas Noticias

- Publicidad -
- Publicidad -