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jueves, 25 abril, 2024
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Democracia rapaz; pueblo pobre

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Por: SOCORRO MARTÍNEZ ORTIZ •

Ninguna normatividad justifica la excesiva cantidad que recibirá cada uno de los 4 Consejeros del IFE incluyendo su presidente, quienes el próximo 31 de este mes, habrán de concluir su gestión. Lastima a todo el pueblo de México, conocer cómo, Leonardo Valdés Zurita, Francisco Javier Guerrero Aguirre, Alfredo Figueroa Fernández y Macarita Elizondo Gasperín se llevarán, la nada despreciable cantidad de 4.6 millones de pesos. Según el primero que se nombra, es la liquidación a que por ley se tiene derecho.

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¿Qué función tan importante desempeñaron estos señores y la señora, para que, como aves de rapiña, van a sustraer del raquítico erario público esa desorbitante cantidad, que el pueblo a través de los impuestos, ha venido aportando? Siendo objetivos, y analizando la situación democrática de nuestro país, diremos que no desempeñaron una función de importancia; o, en el mejor de los casos, fue insignificante.

Tal situación nos involucra en una serie de reflexiones que considero oportuno comentar:

1.- El IFE realmente se convirtió en una empresa comercial. Dejó de lado el carácter que le otorgó la reforma electoral de 1996-1997, que modificó varios artículos constitucionales entre ellos el 41 que regula su estructura y funcionamiento.

Lo sustancial de aquella reforma fue que al interior del órgano encargado de organizar y vigilar los comicios dejó de tener injerencia el poder ejecutivo, porque hasta entonces fungía como consejero presidente de dicho organismo el secretario de Gobernación, quedando así el IFE, sometido al Presidente de la República.

Pero luego de aquél despojo que sufrió el Poder Ejecutivo, se facultó constitucionalmente al Poder Legislativo para que realizara el nombramiento de los consejeros del Instituto Federal Electoral. No obstante que debería prevalecer la imparcialidad, a los partidos políticos les asistía el derecho de presentar la propuesta ante la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, la que, previa comparecencia de los candidatos, por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes resolvía sobre su nombramiento. El IFE se convirtió así en un órgano electoral ciudadanizado.

Conocemos que los primeros ciudadanos que fungieron como consejeros electorales del IFE fueron, entre otros, José Woldenberg, Jaime Cárdenas, Alonso Lujambio, Juan Molina; Emilio Zebadúa, Mauricio Merino y Jesús Cantú Escalante. Su nombramiento ocurre el 31 de octubre de 1996, a unas horas del vencimiento del plazo establecido tres meses antes. A finales del mes de noviembre de 1998, se dio a conocer que estos consejeros tenían asignado como sueldo una cantidad excesiva de 115 mil pesos mensuales.

2.- Muchos son los cuestionamientos que se hacen a los sueldos que, en lo general, han recibido los consejeros electorales. Pero, efectivamente no se encuentra establecida su cuantificación. Sólo los últimos tres renglones del párrafo tercero de la fracción 5 del artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, señala: “…La retribución que perciban será igual a la prevista para los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación…”

Una disposición así es totalmente desproporcional, ya que las funciones de un consejero electoral, son muy diferentes a las de los Ministros de la Suprema Corte. Estos, integran el máximo tribunal de la Nación. Aplican la ley; imparten justicia y las resoluciones que dictan, constituyen la verdad legal; la cosa juzgada. Podrán equivocarse, como de hecho suele ocurrir, al fin son también seres humanos, pero finalmente, a través de sus resoluciones aplican la ley. En cambio, los consejeros electorales tienen una función organizativa y de vigilancia. El poco trabajo se multiplica durante el año electoral. Es decir sus funciones no son del todo continuas como las de los Ministros. Además, lo que el IFE resuelva queda sujeto al conocimiento de la instancia que imparte justicia en la materia y que lo es el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Otra diferencia abismal es que para ser consejero electoral no requiere de cierta escolaridad, menos aún se exige la licenciatura en derecho; pero, para el ministro señala el artículo 95 del texto supremo, no sólo es requisito que la haya cursado, sino que debe contar con su título profesional expedido por la autoridad competente para ello, y con una antigüedad mínima de diez años. Otro requisitos entre muchos, también es que se hayan servido por su eficiencia, capacidad y probidad, en la impartición de justicia, o que se hayan distinguido por su honorabilidad, competencia y antecedentes profesionales en el ejercicio de la actividad jurídica.

No se encuentra ninguna similitud de funciones entre los ministros y los consejeros, que justifique la igualdad en su retribución.

3.- La excesiva cantidad que los 4 consejeros del IFE se llevarán la semana entrante, constituye una bofetada para todos los mexicanos, o para la gran mayoría. Nuestro país mantiene altos índices de desempleo y subempleo; para quienes sí cuentan con un trabajo, el salario mínimo es raquítico.

Zacatecas, pertenece a la zona B, la Comisión Nacional de Salarios Mínimos (Conasami), incrementó 3.9 por ciento de tal forma que, a partir del primero de enero del año actual, el salario mínimo es de 61.83.

¿Más democracia rapaz y pobreza para el pueblo mexicano? ■

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