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sábado, 20 abril, 2024
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Abuso y blasfemia

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Por: JORGE HUMBERTO ARELLANO •

Que alguien me explique con peras y manzanas cuál es el beneficio social efectivo derivado de las reformas que se están implementando en México, porque no percibo los provechos que se presumen mediáticamente en el intento de legitimar cada imposición. Salvo por algunos iluminados que se empecinan en afirmar que se está jugando la carta decisiva para entrar al primer mundo de la productividad global, el pueblo en general padece la inestabilidad y la descomposición social, consecuencia de la precariedad laboral. Los grupos mayoritarios de los trabajadores de cualquier gremio sienten inestable su plaza profesional y caen en pánico al reproducir al pie de la letra los designios que la actualización laboral exige. La mayoría de los asalariados advierte que los únicos privilegiados por las nuevas disposiciones son los empresarios que invierten su dinero de manera lucrativa en la explotación de los recursos naturales de la Nación y en la ventaja que ofrece la mano de obra devaluada en cuanto a la remuneración económica, incapaz de sostener satisfactoriamente a las familias de los empleados nacionales.

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A ocho meses de aprobada la Reforma Laboral, los despidos de personal y el cierre de empresas por distintas causas está a la orden del día. Las notas periodísticas de algunos diarios estatales difunden el cierre de la mina El Coronel, con las consecuencias sociales pronosticables que acarreará la cancelación de mil 50 empleos directos, según declaración de Gilberto Zapata Frayre, el delegado la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, ante la advertencia del Grupo Frisco, propiedad de Carlos Slim, de cancelar definitivamente sus operaciones para el 16 de agosto de los corrientes. Obreros condenados a respetar la ley Minera, que establece que la concesión de la mina tiene una vigencia de 25 a 50 años, y quienes, ante la petición de la instancia adecuada de que sea otra empresa la que se encargue de la explotación del producto metalúrgico, son simplemente “unos ignorantes” ya que se debe de respetar la propiedad de los derechos de explotación. Lo anteriormente expuesto es sólo un ejemplo de la soberbia con que se manejan las relaciones administración gubernamental-concesionario, por no citar que en 2010 el fisco recaudó 20 millones de dólares de la industria minera, que obtuvo beneficios por 15 mil millones de dólares.

Los postulados originales del artículo 27 de la Constitución Mexicana, en materia petrolera se ven amenazados por una reforma más, aduciendo que cada vez son mayores los desafíos que se enfrentan para la explotación; entre ellos altos riesgos, grandes inversiones, alta capacidad operativa y la necesidad de recursos tecnológicos cada vez más desarrollados, que dicho sea de paso, las administraciones actual y pasadas “no han tenido la posibilidad de emprender con recursos propios”.

“Por ello, se propone eliminar del artículo 27 constitucional la restricción incorporada en 1960, que le impide al Estado la utilización de contratos en sus actividades de explotación de hidrocarburos, es decir, en su extracción del subsuelo para su aprovechamiento. En este punto es preciso ser claros. La propiedad de los hidrocarburos del subsuelo es y seguirá siendo de la Nación, por lo que su explotación seguirá estando a su cargo y en su beneficio, por tanto se conserva la prohibición de otorgar concesiones que confieran derechos sobre nuestros recursos naturales a los particulares. La eliminación de dicha restricción, generará un marco constitucional idóneo para que, conforme más convenga a los intereses de la Nación, el Estado pueda aprovechar las aportaciones de terceros para complementar a sus organismos, como lo es Petróleos Mexicanos, a través de contratos eficientes que alineen los incentivos de los contratistas con los del Estado, en las actividades inherentes a la exploración y extracción de dichos recursos, tal y como lo marcaban el espíritu y letra de las reformas realizadas por el presidente Lázaro Cárdenas”.

“La iniciativa que se somete a la consideración de esa Soberanía (las Cámaras Legislativas) se basa en las ideas fundamentales de las reformas del Presidente Lázaro Cárdenas consecuentes con la expropiación petrolera de 1938, destacando que la propiedad y el dominio directo del petróleo y de todos los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos o gaseosos, en el subsuelo, son y seguirán siendo de la Nación. De forma análoga, se retoman las ideas que guiaron las reformas legales cardenistas en materia eléctrica, que buscaban el desarrollo de un sistema nacional eléctrico basado en principios técnicos y económicos, bajo la conducción y regulación del Estado”.

Aunque el artículo 28 constitucional establece que no constituyen monopolios las funciones que el Estado ejerza de manera exclusiva en las áreas estratégicas de petróleo y demás hidrocarburos, así como petroquímica básica, entre otras, y que el Estado contará con los organismos y empresas que requiera para el eficaz manejo de las áreas estratégicas y en las actividades de carácter prioritario, tal parece que la apertura a capital privado en la explotación petrolera prepara el camino para las jugosas ganancias de las firmas principalmente extranjeras, como ha pasado en otros sectores de la productividad nacional. La relevancia del general Lázaro Cárdenas del Río consistió en la aplicación de una política nacionalista y de mejoramiento de la vida de cada uno de los mexicanos. El abuso de las administraciones actuales radica en la promoción de una serie de disposiciones a favor de la empresa, sin importar las condiciones de vida del asalariado, mientras que la blasfemia consiste en la cita de las acciones de uno de los presidentes nacionales más preocupados por el bienestar de su pueblo.

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