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viernes, 19 abril, 2024
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La cédula de identidad ciudadana (CEDI)

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Por: JOSÉ RICARDO LUNA JIMÉNEZ •

El Instituto Federal Electoral (IFE) se ha constituido como una de las instituciones mexicanas más confiables entre la ciudadanía y de mayor reconocimiento en el extranjero. Surge con la reforma al artículo 41 Constitucional de 1989 y la promulgación del Código Federal de Instituciones y Procedimiento Electorales el año siguiente, ante el desenlace de la elección presidencial de 1988.

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Sin duda alguna, la mayor contribución del IFE ha sido la organización de procesos electorales pacíficos, claros y confiables con la participación activa de la ciudadanía, partidos políticos y autoridades y la generación de instrumentos electorales igualmente confiables como lo son el padrón electoral, la lista nominal y la credencial para votar.

Es la Credencial para Votar uno de los productos del IFE con mayor valor agregado, convirtiéndose en el elemento que permite a la ciudadanía tener acceso a la mayoría de los servicios públicos y particulares, virtud a la aprobación del Senado, en julio de 1992, para que sirviera como instrumento de identificación personal, hasta la expedición de la Cédula de Identidad Ciudadana (CEDI) a partir de las reformas a la Ley General de Población.
Como no hay plazo que no se cumpla… el Pacto por México incluyó el tema de Cédula de Identidad Ciudadana en la agenda del segundo semestre del presente año, provocando múltiples debates entre la clase política y líderes de opinión del país, quienes han fijado diversas posturas. Quienes la promueven argumentan que se trata de un instrumento para el ejercicio de derechos y cumplimiento de obligaciones de parte de los ciudadanos; quienes se oponen esgrimen, entre otras, la violación a la privacidad de las personas; los que proponen que haga las veces de credencial para votar no ven necesario duplicar costos para la emisión de ambos documentos; los que plantean una credencial para votar “reforzada” (con más datos personales) cumpliendo las funciones de la CEDI, arguyen que tan importante instrumento electoral, junto con el padrón y la lista nominal bajo la tutela de una instancia gubernamental pueden generar desconfianza en el electorado.

La Ley Federal de Población confiere a la Secretaría de Gobernación la obligación de expedir la Cédula de Identidad Ciudadana y el Registro Nacional de Población y, en consecuencia, la integración y tutela de las bases de datos que contendrán la información de dichos documentos… ¿también lo será del padrón electoral y la lista nominal?

Todo lo que podamos decir de la CEDI es incierto, en tanto no conozcamos las propuestas que lleven a la mesa los firmantes del Pacto; lo que sí parece cierto, es que si la tutela del padrón electoral, lista nominal y credencial para votar se confiere a la Secretaría de Gobernación, deberá cuidarse escrupulosamente lo establecido en el Pacto por México, en el sentido de asegurar que no se utilice con motivos políticos o electorales, en caso contrario, se estaría dando marcha atrás al largo recorrido por la ciudadanización y democratización de los procesos electorales, menoscabando con ello la confianza en el actual sistema electoral mexicano. Se está ante un debate que atraviesa temas cruciales de la vida social: la seguridad nacional, la garantía de confidencialidad de datos personales y la tutela y custodia de instrumentos fundamentales para procesos democráticos de elección de los poderes públicos. La armonización de tan importantes principios, sin duda alguna, será una alta responsabilidad de los legisladores deben ponderar al momento de definir la coexistencia de la cédula de identidad ciudadana y la credencial para votar o bien la construcción de un solo documento que cumpla ambas funciones. Al tiempo lo veremos.

*Jefe de Oficina de Seguimiento y Análisis
02 Junta Distrital Ejecutiva del IFE en Zacatecas

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